DECRETO 228/2004, de 2 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la concesión de subvenciones para el desarrollo de programas, actividades o inversiones dirigidas a la conservación, mejora y calidad del medio ambiente en la Comunidad Autónoma de Aragón.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyDecreto

RESOLUCIÓN de 27 de octubre de 2004, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se convoca concurso de acceso a los Cuerpos de Catedráticos de Universidad y de Catedráticos de Escuela Universitaria.

De conformidad con lo establecido en el artículo 63 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (en lo sucesivo LOU), y en el artículo 14 del Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el que se regula el sistema de habilitación nacional para el acceso a Cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios y el régimen de Concursos de Acceso respectivos (en adelante RDH), y a tenor de lo establecido en el Reglamento de Concursos de Acceso a Cuerpos Docentes Universitarios de la UNED, aprobado por Resolucióndel Consejo de Gobierno de fecha 31 de marzo de 2004 (BICI de 31 de mayo www.uned.es/bici),

Este Rectorado ha resuelto convocar a concurso las plazas que se relacionan en el anexo I de esta Resolución, con arreglo a las siguientes Bases:

Primera.--El presente concurso se regirá por lo dispuesto en la LOU, el RDH y el Reglamento de Concursos de Acceso a Cuerpos Docentes Universitarios de la UNED y, con carácter supletorio, se aplicará lo previsto en la legislación general de funcionarios civiles del Estado.

Segunda.--Para ser admitido a este concurso se requieren los siguientes requisitos generales:

  1. Nacionalidad: Ser español. No obstante, podrán participar en idénticas condiciones que los españoles los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea, o nacional de cualquiera de los Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

    También podrán participar el cónyuge de los españoles, de los nacionales de alguno de los demás estados miembros de la Unión Europea y de cualquiera de los Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los del cónyuge, menores de veintiún años o mayores de edad que vivan a sus expensas.

    Asimismo, podrán participar los habilitados de nacionalidad extranjera no comunitaria, cuando se cumplan los requisitos previstos en el apartado 4 del artículo 15 del RDH.

    En el momento de presentación de la solicitud de participación en el proceso selectivo deberá acreditarse la nacionalidad, así como, en su caso, el vínculo de parentesco y el de vivir a expensas, conforme a lo previsto en el artículo 8 del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración General delEstado y sus organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores.

    La acreditación de la nacionalidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria se realizará por medio de los documentos correspondientes, certificados por las autoridades competentes de su país traducidos al español, que será la lengua oficial en que tendrá lugar el desarrollo de las pruebas.

  2. Tener cumplidos los dieciocho años y no haber cumplido los setenta años de edad.

  3. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del Servicio de la Administración del Estado o de la Administración Autónoma, Institucional o Local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función Pública.

  4. No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de Universidad.

    Tercera.--Además de los requisitos generales, los candidatos deberán cumplir con los requisitos específicos que se señalan en el artículo 15del RDH, en los términos regulados en el mismo.

    Asimismo, no podrán participar en este concurso de acceso a las plazas de Catedráticos de Universidad y Catedráticos de Escuela Universitaria quienes se hallen incursos en la prohibición contenida en el artículo 17.7 del RDH, es decir, aquellos que no hayan desempeñado durante al menos dos años la plaza anteriormente obtenida por el concurso de acceso a que se refiere el artículo 14 del RDH.

    Los requisitos enumerados en la presente Base y en la Base Segunda, deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.

    Cuarta.--Quienes deseen tomar parte en el concurso de acceso remitirán la correspondiente solicitud a la Rectora de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, calle Bravo Murillo, 38, 28015 Madrid, por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada parcialmente por la Ley 4/1999, de 13 de enero ( en lo sucesivo LRJ-PAC), en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de publicación de la presente convocatoria en el BOE, mediante instancia debidamente cumplimentada, según modelo que se acompaña en el Anexo II, en la que se manifieste que se reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, acompañada de fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o documento que acredite la nacionalidad en el caso de no ser la española.

    Los aspirantes deberán justificar haber abonado la cantidad de 25,51 euros en concepto de derechos de examen y formación de expedienteen la cuenta corriente número 0049-0001-54-2211438387 del Banco Santander Central Hispano, adjuntando a la solicitud uno de los ejemplares del recibo de ingreso.

    Estarán exentos del pago de esta tasa:

  5. Las personas con grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.

  6. Las personas que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

    La certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán acompañarse a la solicitud.

    La falta de justificación del abono de los derechosde examen o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.

    En ningún caso la presentación y pago en la oficina bancaria a que se hace referencia supondrá la sustitución del...

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