DECRETO 70/1997, de 27 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se instituye el Premio 'Gobierno de Aragón' a la restauracion y rehabilitación de edificios.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE ORDENACION TERRITORIAL OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
Rango de LeyDecreto

DECRETO 70/1997, de 27 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se instituye el Premio "Gobierno de Aragón" a la restauracion y rehabilitación de edificios.

El Gobierno de Aragón está interesado en recuperar el Patrimonio Arquitectónico de nuestra Comunidad.

La rehabilitación y recuperación de espacios y edificios tradicionales exige un esfuerzo de compatibilizar y adecuar la aplicación de las modernas técnicas constructivas con el respeto a la construcción tradicional.

Por otro lado estas actividades de reconstrucción ayudan a la recuperación de la identidad cultural de nuestra Comunidad y promueven el desarrollo turístico de las comarcas más deprimidas.

Por ello, se instaura este Premio encaminado al fomento de las actividades recuperadoras de valores arquitectónicos, urbanos, etnológicos, histórico y culturales.

En su virtud, a propuesta de los Consejeros de Ordenación Territorial, Obras Públicas y Transportes y de Educación y Cultura, y previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día veintisiete de mayo de mil novecientos noventa y siete.

DISPONGO Artículo 1º.--Institución Se instituye el Premio "Gobierno de Aragón", destinado a reconocer públicamente el esfuerzo realizado en el campo de la restauración y rehabilitación de monumentos y edificios a través de la iniciativa pública y privada, para que sirva, asimismo, de fomento de la práctica de dichas actividades recuperadoras.

Artículo 2º.--Modalidades El Premio "Gobierno de Aragón" se concederá a aquellas actividades recuperadoras realizadas dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón que por sus valores arquitectónicos, urbanos, etnológicos, históricos u otros de carácter cultural, destaquen en la recuperación de las señas de identidad de nuestra Comunidad Autónoma. El Premio comprenderá las siguientes modalidades: a) Premio a la mejor restauración de monumentos b) Premio a la mejor rehabilitación de edificios singulares del Patrimonio Arquitectónico.

c) Premio a la mejor rehabilitación de áreas de rehabilitación o conjuntos históricos.

Asimismo, si el Jurado lo estima conveniente, concederá menciones a aquellos trabajos merecedores de tal distinción.

Artículo 3º.--Periodicidad y convocatoria 1.--El Premio "Gobierno de Aragón" tendrá periodicidad bianual.

Las actividades objeto del Premio deberán haber concluido, total o parcialmente, durante el año natural correspondiente al de la convocatoria y el inmediatamente anterior.

2.--Mediante...

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