DECRETO 36/1995, de la Diputación General de Aragón, por el que se instituye el Premio de Comunicación IAM para prensa, radio y televisión.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DEPRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES
Rango de LeyDecreto

DECRETO 36/1995, de la Diputación General de Aragón, por el que se instituye el Premio de Comunicación IAM para prensa, radio y televisión.

La Ley 2/93, de 19 de febrero, por la que se crea el Instituto Aragonés de la Mujer, establece en su artículo 3 como finalidades básicas, elaborar y ejecutar las medidas necesarias para hacer efectivo el principio de igualdad del hombre y de la mujer, impulsar y promover la participación de la mujer en todos los ámbitos y eliminar cualquier forma de discriminación de la mujer en Aragón.

Los medios de comunicación pueden coadyuvar a esta tarea, sensibilizando a la opinión pública sobre la necesidad de adecuar los comportamientos y las estructuras sociales a la ineludible transformación del papel de las mujeres en la sociedad, fomentando una imagen de éstas no discriminatoria y superando estereotipos sexistas.

El Plan de Acción Positiva para las mujeres de Aragón, aprobado por el Consejo Rector del Instituto Aragonés de la Mujer y posteriormente por la Diputación General, recoge en el Area de Cultura e Imagen, dentro de su objetivo 2.3 acción número 10, el compromiso de estimular la labor realizada en los medios de comunicación que tienda hacia la consecución de una sociedad igualitaria, estableciéndose los premios para la creatividad publicitaria y periodística . Por todo ello, se considera procedente la institución y convocatoria del Premio de Comunicación IAM para prensa, radio y televisión , como consecuencia y continuación de la Jornada Regional y Medios de Comunicación celebrada el 4 de febrero de 1995.

En virtud de todo lo anteriormente expuesto, a propuesta del Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, previa deliberación de la Diputación General, en su reunión del día 7 de marzo de 1995, DISPONGO Artículo 1.--Objeto.

Se instituye el Premio de Comunicación IAM para Prensa, Radio y Televisión que se otorgará a los profesionales de la información que se hayan distinguido por su voluntad de tratar temas que aborden la igualdad de oportunidades entre hombre y mujer.

Artículo 2.--Periodicidad y cuantía El premio tendrá la periodicidad señalada en la correspondiente convocatoria y estará dotado con la cantidad en metálico que se indique en la misma.

Artículo 3.--Requisitos Podrán optar al premio los profesionales de la información que presenten sus trabajos adjuntando los siguientes datos: --Datos personales del / de la autor/a o autores/as, incluido el número de teléfono.

--Fecha...

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