DECRETO 47/1995, de 28 de marzo, de la Diputación General de Aragón, por el que se instituye el premio Baltasar Gracián a la creación literaria en castellano.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE CULTURA Y EDUCACION
Rango de LeyDecreto

DECRETO 47/1995, de 28 de marzo, de la Diputación General de Aragón, por el que se instituye el premio Baltasar Gracián a la creación literaria en castellano.

La Creatividad cultural, en su sentido más amplio, es uno de los elementos fundamentales del desarrollo social. La consecución del fomento, impulso y difusión de la creatividad han de ser pues, por ello, fines inexcusables y referencia obligada de toda política cultural.

La promoción de la creatividad, en este caso la literaria, constituye por tanto un objetivo de especial relieve dentro de las responsabilidades socioculturales de la Diputación General de Aragón.

En consecuencia, parece oportuna la institución de un premio literario que, en la medida de lo posible, reconozca la labor de los escritores aragoneses.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Educación y Cultura, previa deliberación de la Diputación General de Aragón, en su reunión del día 28 de marzo de 1995, DISPONGO:

Artículo 1º.--Se instituye el Premio Baltasar Gracián a la creatividad literaria en castellano en cualquier género para autores aragoneses.

Artículo 2º.--El Premio Baltasar Gracián tendrá periodicidad anual y será concedido por un Jurado presidido por el Director General de Cultura y formado por cinco vocales de reconocido prestigio que serán designados por la Consejera de Educación y Cultura.

Artículo 3º.--El Premio Baltasar Gracián consistirá en la edición de la obra premiada y en una cantidad en metálico cuyo importe se establecerá en cada convocatoria.

Disposición transitoria.--Se convoca el Premio Baltasar Gracián 1995, con arreglo a las bases anexas a este Decreto.

Disposición final primera.--Se faculta a la Consejera de Educación y Cultura para dictar cuantas normas sean precisas para el desarrollo del presente Decreto.

Disposición final segunda.--Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Aragón .

Dado en Zaragoza, a veintiocho de marzo de mil novecientos noventa y cinco.

El Presidente de la Diputación General, en funciones, RAMON TEJEDOR SANZ La Consejera de Educación y Cultura, ANGELA ABOS BALLARIN ANEXO BASES DEL PREMIO BALTASAR GRACIAN 1995 1. Las obras deberán ser originales e inéditas, con una extensión mínima de 100 folios en caso de prosa y de 1.000 versos en caso de poesía.

2. Los originales habrán de presentarse por sextuplicado, mecanografiados a doble espacio y por una sola cara y...

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