ORDEN de 5 de agosto de 2009, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones a asociaciones, organizaciones no gubernamentales e instituciones privadas sin fines de lucro, para la realización de determinadas actuaciones de compensación educativa durante el curso 2009-2010.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorDEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
Rango de LeyOrden

ORDEN de 5 de agosto de 2009, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones a asociaciones, organizaciones no gubernamentales e instituciones privadas sin fines de lucro, para la realización de determinadas actuaciones de compensación educativa durante el curso 2009-2010.

El Decreto Legislativo 1/2000, de 29 de junio del Gobierno de Aragón por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad establece en su artículo 42 apartado 5 «Podrá anticiparse la tramitación de expedientes de gastos autorizando los mismos en el ejercicio anterior a aquel a cuyo presupuesto vayan a ser imputados con arreglo a las normas que establezca el Departamento competente en materia de Hacienda. En los supuestos en que las normas de aplicación lo prevean, podrá comprometerse los créditos con las limitaciones establecidas en el artículo 41».

De conformidad con la Orden de 20 de abril de 2009 («Boletín Oficial de Aragón» de 21 de mayo), por la que se convocan subvenciones a asociaciones, organizaciones no gubernamentales e instituciones privadas sin fines de lucro, para la realización de determinadas actuaciones de compensación educativa, a propuesta de la Directora General de Política Educativa, y de acuerdo con el procedimiento especificado en el apartado undécimo de la Orden citada, este Departamento resuelve:

Primero.-Concesión de las subvenciones

Conceder a las entidades privadas que se relacionan en el anexo I de la presente Orden las subvenciones con las cuantías que se señalan en el referido anexo y cuyo importe se abonará con cargo a la aplicación presupuestaria 18050/G/4231/480093/91002 del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón para 2010. Estos abonos estarán condicionados a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio 2010.

Segundo.-Proyectos en reserva y excluidos

Relacionar los proyectos que quedan en reserva, por orden de prioridad, según se recogen en el anexo II y los proyectos excluidos, con las causas de su exclusión, según se recogen en el anexo III.

Tercero.-Notificación y aceptación de la subvención

El Departamento de Educación, Cultura y Deporte notificará la resolución a los interesados, conforme a lo previsto en el art. 58 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicos y del Procedimiento Administrativo Común, para que en el plazo de quince días presenten su aceptación a la misma. En caso...

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