DECRETO 175/1998, de 20 de octubre, del Gobierno de Aragón, sobre el régimen y procedimiento para la concesión de ayudas en materia de turismo.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE ECONOMIA, HACIENDA Y FOMENTO
Rango de LeyDecreto

DECRETO 175/1998, de 20 de octubre, del Gobierno de Aragón, sobre el régimen y procedimiento para la concesión de ayudas en materia de turismo.

Dentro de las actuaciones que el Gobierno de Aragón lleva a cabo en materia de turismo, cabe destacar la concesión de ayudas y subvenciones a aquellas acciones que Corporaciones Locales, Asociaciones o Empresas Privadas, realizan en dicho sector dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma.

Dichas acciones tienen como objetivo la potenciación del sector turístico aragonés, tanto a través de la realización de actuaciones promocionales para dar a conocer la oferta turística como la realización de las obras necesarias de infraestructura turística, cuya finalidad sea la creación de la misma o la modernización de la existente.

Por otra parte, están surgiendo nuevas actividades turísticas, entre las que cabe destacar las que conllevan un contacto con la naturaleza, que al tratarse de sectores emergentes y con una gran estacionalidad, se estima necesario su apoyo por parte del Gobierno de Aragón, y ello al objeto de crear el marco adecua- do para que se realicen estas inversiones y generar las circunstancias adecuadas para que las empresas que surjan sean viables, a fin de conseguir la creación de actividad y empleo rural.

La regulación en la actualidad vigente parte del año 1986, por lo que se considera necesaria su modificación de la misma a fin de adecuarla en su procedimiento y límites a los criterios fijados por las normativas tanto comunitarias como de ámbito estatal y autonómico.

Por cuanto antecede, y en uso de las competencias que el Estatuto de Autonomía de Aragón, en el punto 37 del artículo 35 otorga a la Comunidad Autónoma de Aragón para la Promoción y Ordenación del turismo, a propuesta del Consejero de Economía, Hacienda y Fomento, y previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del 20 de octubre de 1998, DISPONGO Artículo 1º.--Objeto: El presente Decreto regula la concesión de ayudas previstas por el Gobierno de Aragón para actuaciones de promoción turística y para la creación y/o modernización de la infraestructura turística en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Artículo 2º.--Beneficiarios: Podrán solicitar, y en su caso obtener, las ayudas previstas en el presente Decreto: a) Las Entidades que integran la Administración Local.

b) Las Entidades privadas sin ánimo de lucro.

c) Pequeñas y medianas empresas turísticas que realicen efectivamente su actividad dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Se entiende por Pequeña y Mediana Empresa, con arreglo a la definición de la Unión Europea, recomendación de la Comisión de la Unión Europea de 3 de abril de 1996, aquella que cumpla los siguientes requisitos: 1. No superar los 250 empleados.

2. Tener un volumen de negocio anual no superior a 40.000.000 de ECUS (cuarenta millones de ECUS) o bien la suma global anual de su balance general no supere los 27.000.000 de...

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