DECRETO 257/2012, de 4 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Decreto 239/2003, de 16 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se crea y regula la Comisión Delegada del Gobierno de Aragón para Asuntos Económicos.
Sección | I. Disposiciones Generales |
Rango de Ley | Decreto |
La Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón, prevé en su artículo 22 la posibilidad de constituir Comisiones Delegadas del Gobierno de Aragón.
El Decreto 239/2003, de 16 de septiembre, del Gobierno de Aragón, crea y regula la Comisión Delegada del Gobierno de Aragón para Asuntos Económicos. Se atribuye a dicha Comisión la coordinación y supervisión de las medidas de política económica que se ejecutan a través de los diferentes Departamentos del Gobierno.
La necesidad de adaptar la Comisión a la nueva estructura departamental así como el impulso que se pretende dar a la misma con la inclusión de nuevas funciones referidas esencialmente a la coordinación de las acciones referidas a la Estrategia Aragonesa de Competitividad y Crecimiento con objeto de fomentar la actividad de sectores identificados como estratégicos para la economía aragonesa, fundamentan la necesidad de modificación del referido Decreto 239/2003, de 16 de septiembre.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Empleo, previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 4 de diciembre de 2012,
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El artículo 2 queda redactado de la siguiente manera:
Artículo 2. Composición.
1. La Comisión Delegada del Gobierno de Aragón para Asuntos Económicos estará compuesta por la Presidenta del Gobierno de Aragón, que la presidirá, y, por los Consejeros de Hacienda y Administración Pública; Economía y Empleo; Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes; Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente e Industria e Innovación.
2. La Presidencia de la Comisión Delegada del Gobierno de Aragón para Asuntos Económicos será delegable en cualquiera de los Consejeros integrantes de la misma.
3. Actuará como Secretaria de la Comisión Delegada del Gobierno de Aragón para Asuntos Económicos, con voz pero sin voto, la Secretaria General Técnica de la Presidencia.
4. El Presidente de la Comisión podrá convocar a sus sesiones a otros Consejeros, altos cargos o personal al...
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