NOTIFICACION de la Dirección General de Trabajo, de requerimiento a la empresa 'Prefuser' en relación con el expediente CI-116/08/97-Z.

SecciónV. Anuncios
EmisorDEPARTAMENTO DE SANIDAD BIENESTAR SOCIAL Y TRABAJO

NOTIFICACION de la Dirección General de Trabajo, de requerimiento a la empresa "Prefuser" en relación con el expediente CI-116/08/97-Z.

En relación con el expediente CI-116/08/97-Z, "Prefuser", relativo al seguimiento que se está realizando por la subvención percibida al amparo del Decreto 58/1997, de 29 de abril ("Boletín Oficial de Aragón" número 53, de 12 de mayo) se ha efectuado requerimiento de documentación, que es del tenor literal siguiente: "Con relación a la subvención percibida por esa empresa, en concepto de apoyo a la contratación estable, durante el año 1997, por la contratación de nueve trabajadores, esta Dirección General en cumplimiento de lo previsto en el artículo 24, del Decreto 58/1997, de 29 de abril, del Gobierno de Aragón, sobre Fomento de Empleo, publicado en el "Boletín Oficial de Aragón" número 53, de fecha 12 de mayo, ha observado que Doña Encarna Cebollada García subvencionada con 350.000 pesetas ha causado baja con fecha 16-07-1997.

Doña Laura Batista Ons subvencionada con 700.000 pesetas ha causado baja con fecha 10-02-1998.

Doña Pilar Luna Hornero subvencionada con 700.000 pesetas ha causado baja con fecha 16-11-1998.

Doña Cecilia Márquez Rufaco subvencionada con 350.000 pesetas ha causado baja con fecha 21-04-1998.

Don Santos Pina Andrés subvencionado con 350.000 pesetas ha causado baja con fecha 28-04-1998.

Doña Rosa María Prados Márquez subvencionada con 700.000 pesetas ha causado baja con fecha 19-11-1997.

Por este motivo se incumple la obligación establecida en el artículo 17 a), de dicho Decreto que exige a las empresas beneficiarias de estas subvenciones el mantener el nivel de empleo alcanzado con la contratación subvencionada durante, al menos, tres años requisito exigido en el apartado b) del artículo 17 sustituir, en caso de baja, al trabajador cuya contratación dio lugar a la subvención por otro que reúna los requisitos exigidos a aquél por el que obtuvo la subvención. De conformidad con el mencionado Decreto 58/97, deberá acreditar en un plazo de quince días, la documentación acreditativa de haber efectuado dicha sustitución. En caso contrario se le comunica que dispone de un plazo de quince días para efectuar la devolución voluntaria mediante transferencia de la correspondiente cantidad de 3.150.000 pesetas, a la cuenta número...

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