DECRETO 47/2006, de 21 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se crea el fichero de datos de carácter personal de usuarias de píldora postcoital.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DEPRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES
Rango de LeyDecreto

DECRETO 47/2006, de 21 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se crea el fichero de datos de carácter personal de usuarias de píldora postcoital.

La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad señala en su artículo 18, apartado 7, que las Administraciones Públicas desarrollarán programas de orientación en el campo de la planificación familiar y la prestación de los servicios correspondientes.

La Ley 6/2002 de Salud de Aragón, establece en su artículo 26, que las prestaciones del Sistema de Salud de Aragón serán, como mínimo, las establecidas en el Catálogo de prestaciones del Sistema Nacional de Salud.

Por otro lado, el Real Decreto 63/1995, de 20 de enero, sobre Ordenación de Prestaciones Sanitarias del Sistema Nacional de Salud, establece entre las prestaciones del sistema sanitario la atención y seguimiento de los distintos métodos anticonceptivos.

La regulación del acceso a estas prestaciones y de los sistemas de información necesarios para su seguimiento y evaluación es competencia de la Comunidad Autónoma de Aragón.

El Departamento de Salud y Consumo del Gobierno de Aragón ha regulado, mediante Orden de 3 de octubre de 2005, la prescripción y administración gratuita de la píldora postcoital en los Centros Sanitarios Públicos, y ha establecido el sistema de información para su control y seguimiento.

La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece la norma básica sobre protección de datos personales y califica los datos relacionados con la salud de los ciudadanos como datos especialmente protegidos. Por otra parte, el Decreto 98/2003, de 29 de abril del Gobierno de Aragón, por el que se regulan los ficheros de datos de carácter personal gestionados por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, señala en su artículo primero que «la creación, modificación y supresión de ficheros de datos de carácter personal en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, se efectuará a iniciativa del Departamento competente».

Por todo ello, se aprueba el presente decreto, con el que se pretende dar cumplimiento a lo marcado en el Decreto 98/2003 y la Ley Orgánica 15/1999. En el mismo se crea el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR