DECRETO 86/1998, de 14 de abril, del Gobierno de Aragón, de extinción de la especialidad de Diplomados de Biblioteconomía y Documentación del Cuerpo de Funcionarios Técnicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DEPRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES
Rango de LeyDecreto

DECRETO 86/1998, de 14 de abril, del Gobierno de Aragón, de extinción de la especialidad de Diplomados de Biblioteconomía y Documentación del Cuerpo de Funcionarios Técnicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

I. El artículo 35, Uno 3 del Estatuto de Autonomía de Aragón, en su redacción dada por la Ley Orgánica 5/1996, de 30 de diciembre, atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de "Régimen estatutario de los funcionarios de la Comunidad Autónoma de Aragón y su Administración Local, sin perjuicio de lo dispuesto en el número 18 del apartado 1 del artículo 149 de la Constitución".

La Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, cuyo texto refundido fue aprobado por el Decreto legislativo 1/1991, de 19 de febrero, modificada por las Leyes 12/1996, de 30 de diciembre, y 11/1997, de 26 de noviembre, prescribe, en su artículo 16.3, que "la creación, modificación o extinción de Cuerpos y Escalas requiere Ley de las Cortes de Aragón".

Actualmente, el Decreto 85/1996, de 30 de abril, de competencias en materia de personal, atribuye al Gobierno la competencia para "crear, modificar o suprimir, mediante Decreto, clases de especialidad integrantes de cada escala y, en su caso, de ramas dentro de una clase de especialidad".

En el Decreto 126/1991, de 1 de agosto, se establecen las Clases de Especialidad pertenecientes a las Escalas de cada Cuerpo de Funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, el cual ha sido completado por el Decreto 156/1995, de 22 de junio, por el que se crean y modifican clases de Especialidad y se regulan aspectos relativos a las relaciones de puestos de trabajo.

II. El ya citado Decreto 156/1995, de 22 de junio, en su artículo 2, creaba la Clase de especialidad de Diplomados en Biblioteconomía y Documentación en la Escala Técnica- Facultativa, del Cuerpo de Funcionarios Técnicos, Grupo B.

No obstante, se estima más adecuado que en la Especialidad de Facultativos Técnicos Especialistas (con ramas) deban integrarse los funcionarios que ingresen en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón para la provisión de aquellos puestos para los que en las Relaciones de puestos de trabajo se exija el requisito de formación específica en Documentación.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales con el informe favorable de la Comisión de Personal, y previa deliberación del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR