DECRETO 296/2007, de 4 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE URBANISMO OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
Rango de LeyDecreto

DECRETO 296/2007, de 4 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes.

El Estatuto de Autonomía de Aragón, reformado por la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, en su artículo 71, atribuye a la Comunidad Autónoma de Aragón la competencia exclusiva en las materias de urbanismo, vivienda, obras públicas, ferrocarriles, aeropuertos, helipuertos, transporte terrestre de viajeros y mercancías, carreteras y otras vías o infraestructuras de transporte, en todas ellas con el concreto alcance que prevé el citado precepto y sin perjuicio de otros títulos competenciales que también reconoce la norma institucional básica de esta Comunidad Autónoma en relación con las anteriores áreas materiales.

Conforme al marco de competencias dispuesto en el Estatuto de Autonomía, se aprobó el Decreto de 6 de julio de 2007, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón. En este Decreto se establece la nueva organización departamental de dicha Administración, contemplando en su artículo primero al Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes.

Posteriormente, el Decreto 112/2007, de 10 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón ha determinado los órganos directivos que integrarán cada Departamento y que constituirán su organización básica. En el caso concreto del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, el citado Decreto 112/2007 lo estructura en los siguientes órganos directivos: Viceconsejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, Secretaría General Técnica, Dirección General de Carreteras, Dirección General de Urbanismo, Dirección General de Transportes y Dirección General de Vivienda y Rehabilitación

A su vez la estructura orgánica básica debe completarse con el correspondiente decreto que establezca la estructura orgánica pormenorizada de cada Departamento, al amparo del Texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de julio, del Gobierno de Aragón. Por consiguiente, el objeto de este decreto es el establecimiento de la estructura orgánica del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes mediante la definición material del área funcional que corresponde a cada Dirección General y la determinación de los órganos administrativos que integran cada centro directivo del Departamento.

La estructura regulada en esta disposición se caracteriza, en general, por la continuidad en las funciones ya reconocidas al citado Departamento y, en consecuencia, de la organización anteriormente prevista en el Decreto 159/2004, de 22 de junio, del Gobierno de Aragón, modificado por el Decreto 43/2005, de 8 de marzo. Por tanto, este decreto recoge las innovaciones que en su día realizaron dichas normas, las cuales derivaron, en el caso del Decreto 159/2004, de la nueva proyección que asumieron los sectores de la vivienda y los transportes en la Comunidad Autónoma de Aragón y, en el caso del Decreto 43/2005, de la modificación de la atribución de las funciones en materia de radiodifusión sonora, televisión y telecomunicaciones por cable, relativas a la gestión indirecta de dichos servicios, que, inicialmente asignadas al Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, fueron asignadas a otro Departamento de esta Administración autonómica.

No obstante, la necesidad de realizar algunas modificaciones en la estructura actualmente existente justifica la aprobación de este nuevo decreto. En primer lugar, se incluye la obligada referencia a la Viceconsejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, con la indicación de las funciones propias de este nuevo órgano directivo y, en segundo lugar, se crea un nuevo Servicio en la Dirección General de Urbanismo con el fin de dar una respuesta a las exigencias que la gestión práctica y diaria de los denominados «proyectos supramunicipales» ha puesto de manifiesto, considerándose imprescindible dicha medida organizativa para el adecuado ejercicio de las funciones atribuidas en esta materia.

Concretamente, el desarrollo experimentado en los últimos años por las actuaciones ejecutadas por el Departamento a través de la figura de los «proyectos supramunicipales» ha supuesto un incremento notable en el volumen del trabajo generado y derivado de este tipo de instrumentos urbanísticos, funciones que hasta la actualidad se encontraban repartidas entre la Secretaría General Técnica del Departamento y la Dirección General de Urbanismo. Todo ello, unido a los nuevos proyectos que pretende desarrollar el Departamento mediante «proyectos supramunicipales» y la propia importancia de las materias afectadas, hace necesaria la creación de un nuevo Servicio que, dotado de los medios materiales y humanos adecuados, se dedique específicamente a estas iniciativas y que así permita una más eficaz gestión en la aprobación y desarrollo de estos proyectos de carácter supramunicipal.

A pesar de las escasas modificaciones que se prevén, se ha estimado oportuno que, en aras de una mayor seguridad jurídica, se dicte un decreto que defina nuevamente toda la estructura orgánica del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes con el fin de disponer de un texto reglamentario que refunda todas las modificaciones efectuadas.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 12, 15 y concordantes del mencionado Texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, a iniciativa del Consejero de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, y a propuesta conjunta del Consejero de Presidencia y del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 4 de diciembre de 2007,

DISPONGO

Artículo 1 Competencias generales del Departamento.

Corresponden al Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y

Transportes:

  1. La...

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