DECRETO 287/2007, de 20 de noviembre, del Gobierno de Aragón, de modificación del Decreto 225/2007, de 18 de septiembre por el que se aprueba la Estructura Orgánica del Departamento de Política Territorial, Justicia e Interior, incorporando la estructura de la Dirección General de Administración de Justicia.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE POLITICA TERRITORIAL, JUSTICIA E INTERIOR
Rango de LeyDecreto

DECRETO 287/2007, de 20 de noviembre, del Gobierno de Aragón, de modificación del Decreto 225/2007, de 18 de septiembre por el que se aprueba la Estructura Orgánica del Departamento de Política Territorial, Justicia e Interior, incorporando la estructura de la Dirección General de Administración de Justicia.

Por Decreto de 6 de julio de 2007, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, se modifica la organización en Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, completada a través del Decreto 112/2007, de 10 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, creando el Departamento de Política Territorial, Justicia e Interior.

Mediante Decreto 225/2007, de 18 de septiembre, del Gobierno de Aragón, se aprueba la estructura orgánica del Departamento del Política Territorial, Justicia e Interior, concretándose que corresponderán a la Viceconsejería de Justicia las funciones de dirección y coordinación de los servicios de la Dirección General de Administración de Justicia, las competencias del artículo 16 del Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, las que le encomiende el Consejero y, en definitiva, las que resulten del ejercicio de las competencias en materia de justicia.

Asimismo, se disponía allí que la estructura organizativa de la Dirección General de Administración de Justicia, se supeditará a la efectividad y condiciones de la transferencia de las competencias en dicha materia a la Comunidad Autónoma de Aragón.

Avanzadas las negociaciones para la asunción de las competencias a transferir y siendo necesario dotar a los órganos de la Comunidad Autónoma a los que se ha atribuido la competencia de Justicia de los medios personales necesarios para la organización y gestión de dicha competencia, se procede a completar la Estructura Orgánica del Departamento con la Dirección General de Administración de Justicia.

De esta forma, se da cumplimiento a lo dispuesto en el Estatuto de Autonomía de Aragón, reformado por Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, que recoge, en su artículo 67, que corresponde a la Comunidad Autónoma de Aragón la competencia sobre todo el personal al servicio de la Administración de Justicia que no integre el Poder Judicial, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Judicial. También corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia sobre los medios materiales de la Administración de Justicia en Aragón, así como la organización, la dotación y la gestión de las oficinas judiciales y de los órganos y servicios de apoyo a los órganos jurisdiccionales. La Comunidad Autónoma podrá, de acuerdo con el Estado, participar en la gestión de cuentas de depósitos y las consignaciones judiciales y de sus rendimientos. Asimismo, establece que corresponde a la Comunidad Autónoma la ordenación y organización de los servicios de justicia gratuita y orientación jurídica gratuita.

En su virtud, de conformidad con el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, a iniciativa del Consejero de Política Territorial, Justicia e Interior, a propuesta del Consejero de Presidencia y del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, previa deliberación del Gobierno de Aragón...

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