DECRETO 123/1996, de 24 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la estructura de los órganos de dirección y gestión del Instituto Aragonés de Servicios Sociales.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE SANIDAD BIENESTAR SOCIAL Y TRABAJO
Rango de LeyDecreto

DECRETO 123/1996, de 24 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la estructura de los órganos de dirección y gestión del Instituto Aragonés de Servicios Sociales.

La Ley 4/1996 de 22 de mayo crea el Instituto Aragonés de Servicios Sociales con el carácter de Organismo Autónomo de naturaleza administrativa adscrito al Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Trabajo, y establece en su artículo 11 una estructura orgánica básica que, en el área de gestión, integra la Dirección Gerencia y las Direcciones Provinciales. Su Disposición Final Primera autoriza al Gobierno de Aragón para dictar las disposiciones necesarias y adoptar las medidas pertinentes para el desarrollo y aplicación de la precitada Ley 4/1996, entre las que deben considerarse el desarrollo de la estructura de órganos de dirección y gestión cuya aprobación corresponde al Gobierno de Aragón de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.e. de la precitada Ley 4/1996. Por cuanto antecede, con la finalidad de dotar al Instituto Aragonés de Servicios Sociales de una estructura orgánica adecuada que le permita afrontar con eficacia las funciones y servicios que tiene asignados y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.e) de la Ley 4/1996 de 22 de mayo, a propuesta del Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Trabajo y previa deliberación de la Diputación General en su reunión del día 24 de junio de 1996, DISPONGO Artículo 1.--Organización del Instituto Aragonés de Servicios Sociales. El Instituto Aragonés de Servicios Sociales se organiza en: A) SERVICIOS CENTRALES: a) Dirección Gerencia b) Secretaría General c) Dirección económico-financiera d) Dirección de Acción Institucional e) Intervención Delegada. B) SERVICIOS PROVINCIALES:

a) Direcciones Provinciales en Huesca, Teruel y Zaragoza.

b) Intervenciones delegadas en Huesca, Teruel y Zaragoza.

Artículo 2.--Dirección Gerencia. El Director Gerente del Instituto Aragonés de Servicios Sociales ostentará la representación legal del mismo y ejercerá la dirección, gestión e inspección inmediata de todas sus actividades de acuerdo con las directrices del Consejo General.

De forma específica, corresponden al Director Gerente del Instituto Aragonés de Servicios Sociales, las competencias que le atribuye el artículo 15 de la Ley 4/1996 de 22 de mayo.

Artículo 3.--Secretaría General. 1. La Secretaría General bajo la dependencia del Director Gerente ejercerá las funciones que le asignan los Decretos 11/1984 de 11 de febrero y 85/1996 de 30 de abril, artículo 10 y, además, las siguientes: --La coordinación general de toda la acción institucional del Instituto Aragonés de Servicios Sociales, y en especial de la política y planes de actuación en las áreas de selección, contratación y formación del personal adscrito al Instituto, así como las de administración en general, sin perjuicio a las competencias que en estas materias pueda corresponder a otros órganos de la Comunidad Autónoma. --La elaboración de la Memoria Anual del Instituto. --El asesoramiento técnico y apoyo administrativo de los órganos de participación. --La administración, régimen interior y asuntos generales del Instituto. --La organización y mantenimiento de los sistemas informáticos del Instituto. --La representación y coordinación del Instituto en las relaciones sindicales, de conformidad con la normativa vigente en la Comunidad Autónoma de Aragón. --Sustituir al Director Gerente en los casos de ausencia, enfermedad o vacante. --La confección, gestión, tramitación y liquidación de las nóminas y la función de habilitación del personal del Instituto Aragonés de Servicios Sociales.

2. La Secretaría General se estructura en las siguientes Secciones:

a) Sección de Recursos Humanos. Bajo la inmediata dependencia del Secretario General tiene atribuida la gestión de los Recursos Humanos, y en concreto impulsa la tramitación de los expedientes, prepara propuesta, informa , supervisa y coordina las Direcciones Provinciales en las siguientes materias: Programación y disponibilidad de efectivos del Instituto.

Propuestas de convocatorias de procesos de selección para la provisión de plazas vacantes. Análisis de propuestas contratación temporal de las Direcciones Provinciales. Gestión administrativa del personal adscrito a los Servicios Centrales. Gestión, impulso y tramitación de la vida laboral del personal adscrito al Instituto ante el Organo competente en materia de función pública de la Diputación General de Aragón. Programación de la acción formativa interna del personal adscrito al I.A.S.S.

b) Sección de Administración y Asuntos Generales. Bajo la inmediata dependencia del Secretario General tiene atribuida la gestión de los Asuntos Generales, la administración de los Centros dependientes del I.A.S.S., y en concreto impulsa la tramitación de expedientes, prepara propuestas, informa, supervisa y coordina las Direcciones Provinciales en las siguientes materias: Control de la documentación sobre situaciones de patrimonio.

Conservación y mantenimiento de edificios, instalaciones y mobiliario. Formación y control de inventarios. Elaboración de estadísticas sobre seguimiento presupuestario, personal y otras materias. Registro y archivo. Distribución de normas y documentos. Reprografía y modelaje. Recepción y distribución de material. Apoyo administrativo y documental a los diferentes Organos de Participación Institucional del I.A.S.S. Información y documentación. Apoyo administrativo de os órganos de contratación y Juntas de compras y económicas del Instituto. En la Sección de Administración y Asuntos Generales se integra un: analista de desarrollo de sistemas de información, que impulsará, coordinará y organizará los medios, redes y sistemas informáticos del I.A.S.S y aplicará los criterios establecidos por el Servicio de Informática y Telecomunicaciones de la Diputación General de Aragón.

c) Sección de Régimen Jurídico. Bajo la inmediata dependencia del Secretario General tiene atribuido el estudio, informe y propuesta de resolución de las reclamaciones y recursos administrativos presentados contra los actos administrativos dictados por Organos inferiores del I.A.S.S. La comunicación y coordinación con los Servicios Jurídicos de la Diputación General de Aragón en general, y en particular: La elaboración de los expedientes administrativos objeto de demandas judiciales, recursos contenciosos administrativos y recursos administrativos interpuestos ante el Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Trabajo. Estudio e informe sobre las materias que, competencia del I.A.S.S., deban someterse a informe de los Servicios Jurídicos de la Diputación General de Aragón. Apoyo y asesoramiento a los Servicios Centrales y Direcciones Provinciales en las materias y procedimientos competencia del I.A.S.S. En la Sección de Asuntos Jurídicos se integra un asesor técnico al que corresponde la elaboración de estudios e informes jurídicos que le sean encomendados por el Jefe de la Sección. El Secretario General podrá encomendar a estas secciones cualquier otra tarea no especificada.

Artículo 4.--Dirección Económico Financiera. 1. Bajo la dependencia del Director Gerente corresponden a la Dirección Económico Financiera las funciones que se derivan de lo dispuesto en los artículos 9.d) y 20 de la Ley 4/1996 de 22 de mayo en relación con el Título II de la Ley 4/1986 de 4 de junio de la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón sobre el presupuesto del Instituto Aragonés de Servicios Sociales, y las que se derivan del artículo 19 de la precitada Ley 4/1996 en cuanto a la gestión del patrimonio del Instituto en relación con lo dispuesto en la Ley 5/1987 de 2 de abril de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Aragón. Ejerce, también, las funciones que se derivan de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 4/1996 en materia de Tesorería en relación con lo dispuesto en la Ley 4/1986 de 4 de junio. 2. El área económico financiera se estructura en: --Director del área económico financiera, y las siguientes secciones:

a) Sección de Presupuestos y contratación. Le corresponde la elaboración del Anteproyecto de Presupuestos del Instituto, la ejecución del Presupuesto y las propuestas de modificaciones de créditos, así como la contratación de obras, servicios y suministros del Instituto. En la sección de Presupuestos y Contratación se...

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