DECRETO 268/2007, de 23 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza al Departamento de Economía, Hacienda y Empleo a efectuar una encomienda de gestión al Instituto Aragonés de Fomento para la ejecución de la electrificación del polígono «La Armentera», en Monzón (Huesca).

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorDEPARTAMENTO DE ECONOMIA HACIENDA Y EMPLEO
Rango de LeyDecreto

DECRETO 268/2007, de 23 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza al Departamento de Economía, Hacienda y Empleo a efectuar una encomienda de gestión al Instituto Aragonés de Fomento para la ejecución de la electrificación del polígono «La Armentera», en Monzón (Huesca).

El artículo 71.32ª del Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado por Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, atribuye a la Comunidad Autónoma competencia exclusiva en el fomento del desarrollo económico de la Comunidad.

El Departamento de Economía, Hacienda y Empleo tiene entre sus competencias la planificación y ejecución de la política económica que acuerde el Gobierno de Aragón en aras a la consecución del desarrollo económico de la Comunidad Autónoma.

Dentro de sus competencias y con el objetivo de atracción de inversiones productivas, este Departamento se ha propuesto la implantación de nuevas actividades industriales que dinamicen el desarrollo económico y social en la provincia de Huesca, que implica necesariamente, una actuación de mejora de las infraestructuras existentes en la zona.

Una actuación prioritaria, en este sentido, es la realización de las infraestructuras de energía eléctrica que se requieren para dotar del suministro necesario al Polígono Industrial «La Armentera», en Monzón, facilitando así la promoción e instalación de empresas que contribuyan a la ordenación y desarrollo de esta área industrial situada en un nudo de comunicaciones de vital importancia. Esta actuación resulta de interés para el Departamento de Economía, Hacienda y Empleo, encuadrándose en la gestión de subvenciones y ayudas destinadas a la promoción y desarrollo empresarial, a la promoción y diversificación de la actividad económica y al desarrollo equilibrado del territorio.

No obstante, este Departamento carece de los medios técnicos necesarios para acometer la ejecución de dicha infraestructura.

Por otro lado, el Instituto Aragonés de Fomento, regulado por el Texto Refundido de la Ley del IAF aprobado por Decreto Legislativo 4/2000, de 29 de junio, está configurado como un ente público sujeto a derecho privado, adscrito al Departamento de Industria, Comercio y Turismo, que es concebido como una agencia pública de desarrollo regional cuya finalidad última es constituirse en instrumento ágil y eficiente que actúe como promotor y receptor de iniciativa y actividades que puedan contribuir a un desarrollo integrado de Aragón.

De acuerdo con el artículo 15 de la Ley...

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