DECRETO 237/2003, de 2 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se crea la empresa pública «Sociedad de Desarrollo Medioambiental de Aragón, S. A. (SODEMASA)».

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE ECONOMIA HACIENDA Y EMPLEO
Rango de LeyDecreto

    DECRETO 237/2003, de 2 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se crea la empresa pública «Sociedad de Desarrollo Medioambiental de Aragón, S. A. (SODEMASA)».

    El Estatuto de Autonomía de Aragón, en su artículo 35.1, atribuye a la Comunidad Autónoma de Aragón la competencia exclusiva en materia de montes, aprovechamientos y servicios forestales, vías pecuarias, pastos y espacios naturales protegidos sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 149.1.23 de la Constitución y en materia de pesca fluvial y lacustre, acuicultura y caza así como la protección de los ecosistemas en los que se desarrollen dichas actividades. A su vez, el artículo 37 del Estatuto atribuye a la Comunidad Autónoma de Aragón la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la legislación básica del Estado en materia de protección del medio ambiente y del paisaje.

    Igualmente, el Estatuto de Autonomía, en su artículo 57.2 faculta a la Diputación General de Aragón a la constitución de empresas públicas para la ejecución de sus funciones.

    El Gobierno de Aragón, consciente de la importancia del medio ambiente en el desarrollo sostenible de la Comunidad promueve la creación de la Sociedad de Desarrollo Medioambiental de Aragón, S.

    A., SODEMASA. Se pretende convertir a esta sociedad mercantil, bajo la forma de sociedad anónima, en una herramienta de gestión ágil y eficaz.

    En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto Legislativo 1/2000, de 29 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, los artículos 72 y siguientes del Decreto Legislativo 2/2000, de 29 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Aragón y el Capítulo IV del Título VI del Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, a propuesta del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 2 de septiembre de 2003, DISPONGO:

    Artículo 1º. Constitución y objeto.

    1. Se crea la empresa pública «Sociedad de Desarrollo Medioambiental de Aragón, S. A., SODEMASA» que revestirá la forma jurídica de Sociedad Anónima.

    2. El objeto social de la empresa pública «Sociedad de Desarrollo Medioambiental de Aragón, S. A. SODEMASA» es la promoción, ejecución, contratación o explotación de obras de infraestructura local, comarcal, provincial o regional y el ejercicio complementario de cualesquiera actividades que deban considerarse partes o elementos de las infraestructuras y estén relacionados con éstas; la contratación y prestación de servicios, asistencias técnicas, consultorías y trabajos; la gestión de servicios públicos; la contratación y elaboración de estudios, planes, proyectos e informes y la realización de cualesquiera actuaciones relacionadas con el ciclo del agua, la protección, administración y gestión de montes y espacios naturales protegidos, la prevención y lucha contra incendios forestales, la gestión integral de residuos, la gestión y explotación de actividades económicas relacionada con recursos o valores medio ambientales y cualquier otra actividad relacionada, directa o indirectamente, con el medio ambiente, el desarrollo sostenible y el desarrollo territorial, sean por encargo del Gobierno de Aragón o de otras Administraciones Públicas.

    3. Las actividades tendentes al cumplimiento de su objeto social podrá realizarse directamente o mediante la participación en el capital social de otras empresas de capital enteramente público o de composición mixta.

    4. La empresa pública quedará adscrita al Departamento de Medio Ambiente del Gobierno de Aragón.

    Artículo 2º. Régimen jurídico.

    1. La empresa pública «Sociedad de Desarrollo Medioambiental de Aragón, S. A., SODEMASA» se regirá por sus Estatutos sociales, por el Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas aprobado por el Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre, y por lo dispuesto en el Capítulo IV del Título VI del Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y demás normativa de aplicación.

    2. Los Estatutos de la Sociedad se aprueban a través del presente Decreto y aparecen como anexo al mismo.

    Artículo 3º. Duración.

    La empresa pública «Sociedad de Desarrollo Medioambiental de Aragón, S. A., SODEMASA» tendrá una duración indefinida y dará comienzo a sus operaciones el día en que se otorgue la escritura pública de constitución de Sociedad Anónima.

    Artículo 4º. Capital social.

    1. El capital social se fija en la cuantía de un millón doscientos mil euros (1.200.000 euros), dividido en veinte mil acciones de sesenta euros de valor nominal cada una de ellas, a suscribir en su totalidad por la Diputación General de Aragón, sin perjuicio de los aumentos de capital y de la entrada de nuevos socios que con arreglo a los Estatutos sociales pueda realizarse. Las acciones constitutivas del capital social estarán representadas por títulos que serán nominativos y numerados correlativamente del 1 al 20.000, ambos inclusive.

    2. En todo caso, una vez constituida la sociedad, la Diputación General de Aragón facilitará la entrada como nuevo socio a aquellas Comarcas aragonesas que manifiesten su voluntad en tal sentido, posibilitando a cada una de ellas la adquisición del 1% de las acciones.

    3. En el momento de su constitución la Diputación General de Aragón procederá al desembolso del 25% del capital social, fijado en trescientos mil euros, que se hará efectivo con cargo a los créditos habilitados en la partida 19.02.533.1.819 del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón para el año 2003. El desembolso del 75% restante del capital social se efectuará en un plazo máximo de cinco años, en la forma y plazos que fije el Consejo de Administración, incurriendo en mora el accionista que incumpla los mismos de acuerdo con lo que dispone el artículo 43 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.

    Artículo 5º.-Organización y funcionamiento.

    1. La Sociedad se regirá por los acuerdos de las juntas generales y las decisiones de los administradores, adoptados dentro de sus respectivas atribuciones conforme a sus estatutos y a la Ley de Sociedades Anónimas.

    2. Existirá un Consejo de Administración formado por un mínimo de 5 personas y un máximo de 11.

    3. Al Gobierno de Aragón corresponderá la designación de los representantes de la Comunidad Autónoma en las Juntas y Consejos, así como el conocimiento anual de la gestión social y de las distintas cuentas y el programa de actuación, inversiones y financiación.

    Asimismo será precisa la previa autorización en cada caso, a la representación de la Diputación General de Aragón, para votar lo que proceda en aumento y reducción del capital social, así como la transformación, fusión, escisión, disolución y liquidación de la sociedad.

    Artículo 6º.-Adscripción de bienes.

    Se solicitará la adscripción de los bienes de la Comunidad Autónoma de Aragón que sean precisos para el cumplimiento de los fines de la Sociedad en los términos permitidos por...

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