DECRETO 368/2002, de 3 de diciembre, del Gobierno de Aragón, de modificación del Decreto 198/2001, de 18 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el sistema de ayudas para la aplicación del programa de diversificación económica rural (PRODER) en la Comunidad Autónoma de Aragón para el período 2000-2006.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE AGRICULTURA
Rango de LeyDecreto

DECRETO 368/2002, de 3 de diciembre, del Gobierno de Aragón, de modificación del Decreto 198/2001, de 18 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el sistema de ayudas para la aplicación del programa de diversificación económica rural (PRODER) en la Comunidad Autónoma de Aragón para el período 2000-2006.

La presente disposición se aprueba en ejercicio de la competencia exclusiva que el artículo 35.1.12 del Estatuto de Autonomía atribuye a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de agricultura, ganadería e industrias agroalimentarias de acuerdo con la ordenación general de la economía y el artículo 35.1.24 sobre fomento del desarrollo económico de la Comunidad Autónoma.

Por Decreto 198/2001, de 18 de septiembre, del Gobierno de Aragón, publicado en el «Boletín Oficial de Aragón» de 24 de septiembre de 2001 se reguló el sistema de ayudas para aplicar el programa de diversificación económica rural (en lo sucesivo PRODER).

En dicho Decreto se fijan las bases reguladoras para la aplicación del sistema de ayudas del programa PRODER mediante la colaboración de los Grupos de Acción Local Sin embargo, la aprobación y la publicación del Reglamento (CE) Nº 445/2002 de la Comisión, de 26 de febrero de 2002 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 1257/1999 del Consejo sobre la ayuda al desarrollo rural a cargo del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA), disposición que regula el sistema de las ayudas PRODER obliga a la modificación del Decreto 198/2001, de 18 de septiembre, del Gobierno de Aragón, subsanando al mismo tiempo el vacío legal existente en la definición de los anticipos a conceder a los perceptores finales de estas ayudas.

Con objeto de ajustar la legislación autonómica a la comunitaria se modifica mediante la presente disposición el Decreto 198/2001 estableciendo el sistema de anticipos que puede aplicarse a este tipo de ayudas.

En su virtud a propuesta del Consejero de Agricultura y previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 3 de diciembre de 2002, DISPONGO:

Artículo único.-Se altera la numeración de los artículos 13 y 14 del Decreto 198/2001, de 18 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el sistema de ayudas para la aplicación del programa de diversificación económica rural (PRODER), en la...

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