DECRETO 342/2001, de 18 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se distribuyen las competencias ejecutivas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón relativas a los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DEPRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES
Rango de LeyDecreto

DECRETO 342/2001, de 18 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se distribuyen las competencias ejecutivas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón relativas a los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

El Decreto 171/1994, de 26 de julio, distribuía las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma sobre provisión de puestos de trabajo de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, como consecuencia de la aprobación del Real Decreto Legislativo 2/1994, de 25 de junio, de modificación de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local en lo referente a clasificación de puestos de trabajo, nombramientos provisionales, comisiones de servicio, acumulaciones y permutas.

Por Orden de 28 de julio de 1994, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales se procedió a delegar determinadas competencias en el Director General de Administración Local y Política Territorial.

El Decreto 5/1995, de 20 de enero, procedió a completar la distribución de las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma sobre provisión de puestos de trabajo de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, como consecuencia de la aprobación de la Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, que modificó el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, en lo referente a nombramientos interinos, así como a la creación y supresión de los puestos de trabajo reservados a dichos funcionarios.

Por Orden de 31 de enero de 1995, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales se procedió, nuevamente, a delegar determinadas competencias en el Director General de Administración Local y Política Territorial.

Por su parte el artículo 252 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón modifica esta atribución de competencias en lo referente a la creación, modificación y disolución de agrupaciones de municipios para sostener personal en común.

Por todo ello, se hace necesario refundir y actualizar en una sola norma la distribución, entre los diversos órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, del ejercicio de las competencias ejecutivas relativas a funcionarios...

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