DECRETO 228/1998, de 23 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el procedimiento de notificación a la Comisión Europea de los proyectos dirigidos a establecer, conceder o modificar ayudas públicas.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE ECONOMIA, HACIENDA Y FOMENTO
Rango de LeyDecreto

DECRETO 228/1998, de 23 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el procedimiento de notificación a la Comisión Europea de los proyectos dirigidos a establecer, conceder o modificar ayudas públicas.

El Tratado de la Unión Europea atribuye a la Comisión Europea en su artículo 93.1 la facultad de revisar permanentemente, junto con los Estados miembros, los regímenes de ayuda existentes en dichos Estados. Establece la obligatoriedad de que la Comisión sea informada de todos aquellos proyectos dirigidos a establecer, conceder o modificar ayudas públicas, con la suficiente antelación para poder presentar sus observaciones, no pudiendo ejecutar las medidas proyectadas antes de que en dicho procedimiento haya recaído decisión definitiva de compatibilización. La Comisión obliga a que la notificación se realice en tiempo y forma adecuada, y recuerda que en caso contrario puede adoptar medidas provisionales tales como la suspensión inmediata de la ayuda y el requerimiento al Estado miembro de que recupere la ayuda o la parte de la misma abonada ilegalmente. De una parte el Real Decreto 1755/87 establece el procedimiento de Comunicación a la Comisión Europea de los proyectos de ayudas públicas de las Administraciones o Entes Públicos. De otra, la Orden de 18 de diciembre de 1996 del Departamento de Economía, Hacienda y Fomento, designa a la Dirección General de Promoción Económica y Asuntos Comunitarios órgano responsable de la coordinación en materia de tramitación, seguimiento y evaluación de los expedientes de compa- tibilización de las citadas ayudas, y el Decreto 120/1997, que aprueba la estructura orgánica de este Departamento, atribuye las competencias relativas a la tramitación de la compatibilización de ayudas públicas a la citada Dirección General. Por todo ello, con el fin de cumplir lo dispuesto en el art. 93.3 del Tratado, a propuesta del Consejero de Economía, Hacienda y Fomento, previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión de 23 de diciembre de 1998, DISPONGO Artículo 1.--El presente Decreto será de aplicación a las ayudas públicas competencia de la Administración General e Institucional de la Comunidad Autónoma de Aragón, de acuerdo con lo que se establece en los artículos siguientes. Artículo 2-. 1.--Deberá ser autorizada por la Comisión Europea previamente a su ejecución, todo proyecto dirigido a establecer, conceder o modificar ayudas públicas cuyo beneficiario...

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