ANUNCIO de la Dirección General de Trabajo, relativo a cédula de notificación y requerimiento a doña Esmeralda Tejero Fernández.

SecciónV. Anuncios
EmisorDEPARTAMENTO DE ECONOMIA HACIENDA Y EMPLEO
Rango de LeyAnuncio

ANUNCIO de la Dirección General de Trabajo, relativo a cédula de notificación y requerimiento a doña Esmeralda Tejero Fernández.

En relación con el expediente RS-66/04/97-Z incoado por doña Esmeralda Tejero Fernández, como consecuencia de la devolución de la subvención concedida en su día, y que ha efectuado la interesada como renuncia a subvención.

--La Dirección General de Trabajo ha dictado resolución que es del tenor literal siguiente: "De conformidad con las normas vigentes, este Servicio de Economía Social eleva al Director General de Trabajo del Gobierno de Aragón la siguiente propuesta de resolución: Visto el expediente de referencia incoado por Dña. Esmeralda Tejero Fernández. con DNI- 25.473.302-C y domicilio en calle Orense, 65 Dpdo. 1º, B 50007 de Zaragoza, en solicitud de una subvención en concepto de renta de subsistencia para constituirse en trabajador autónomo por importe de 300.000 pesetas, al amparo del Decreto 134/1996, de 11 de julio (BOA 24-07-96), sobre Fomento de Empleo.

Antecedentes Primero.--Por Resolución de fecha 24-07-1997, la Dirección General de Trabajo concedió a Dña. Esmeralda Tejero Fernández, una subvención en concepto de renta de subsistencia por importe de 300.000 pesetas, para constituirse como trabajador autónomo o por cuenta propia.

Segundo.--La Dirección General de Trabajo tuvo conocimiento mediante escrito de la Caja de Ahorros de la Inmaculada, de fecha 27-07-98 y registro de entrada nº. 121629, que vía Confederación Española de Cajas de Ahorros transfirió a la cuenta corriente de la Intervención General de Aragón, la cantidad indebidamente percibida por doña Esmeralda Tejero Fernández, por la cancelación anticipada del préstamo objeto de la subvención financiera que le fue concedida en su día.

Tercero.--Realizado el seguimiento y control de las obligaciones inherentes a los beneficiarios perceptores de ayudas o subvenciones la Dirección General de Trabajo requirió a la interesada con fecha 10-04-2000, que acreditase el cumplimiento de lo establecido en el citado Decreto, que obliga a las empresas beneficiarias a realizar la actividad que fundamentó la concesión de la ayuda o subvención por un plazo de, al menos, tres años, salvo que el beneficiario pueda justificar documentalmente el cese de su actividad por causas de fuerza mayor.

Cuarto.--Dicho escrito de requerimiento fue devuelto por el Servicio de Correos, por lo que se procedió a su notificación mediante la publicación en el "Boletín...

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