DECRETO 45/1993, de 19 de mayo, de la Diputación General de Aragón, por el que se aprueban los programas de actuación incluidos en el Plan de Formación de la Comunidad Autónoma de Aragón para 1993.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE ECONOMIA Y HACIENDA
Rango de LeyDecreto

DECRETO 45/1993, de 19 de mayo, de la Diputación General de Aragón, por el que se aprueban los programas de actuación incluidos en el Plan de Formación de la Comunidad Autónoma de Aragón para 1993.

En la determinación de los factores que explican las disparidades regionales, que existen en nuestro país y dentro de la Comunidad Europea, destaca la falta de disponibilidad de personas con una cualificación profesional adecuada, hecho que incide a su vez, y de forma negativa, en la modernización de los sistemas y procesos productivos de las empresas aragonesas. EL Gobierno de Aragón, consciente del importante desfase cualitativo desarrollado entre la oferta y la demanda de trabajo, dentro del entorno socioeconómico actual, establece la articulación de nuevas líneas de actuación que profundicen las vías trazadas en ejercicios anteriores y mejoren los resultados obtenidos hasta la fecha. La configuración de estos programas constituye el fruto del consenso obtenido en el denominado "Acuerdo para el Progreso Industrial de Aragón", que comprende un conjunto de acuerdos tripartitos entre representantes de las organizaciones empresariales, sindicales y el Gobierno aragonés, sobre las cuestiones más relevantes dirigidas a evitar el progresivo deterioro del tejido industrial en nuestra región. La presente norma regula dentro de las directrices generales fijadas en los Marcos Comunitarios de Apoyo y en los programas operativos e iniciativas aprobados a la Diputación General de Aragón y que son cofinanciados por el Fondo Social Europeo, los programas de ejecución de acciones formativas, consignadas en las correspondientes partidas de los Presupuestos Generales de Aragón. El desarrollo de los programas formativos se realizará a través del Departamento de Economía y Hacienda, y tendrá como objetivos prioritarios, los que a continuación se exponen: 1. Impulsar y desarrollar la formación profesional dirigida a mejorar la cualificación de los trabajadores de acuerdo a las necesidades del sistema productivo, y la reorientación ocupacional en el supuesto de pertenecer a empresas y sectores en reestructuración. 2. Promocionar y favorecer la formación ocupacional de base, así como la especializada de aquellos colectivos en desempleo con mayores dificultades para la consecución de un empleo: Jóvenes menores de 25 años, parados de larga duración, jóvenes sin experiencia laboral anterior, mujeres de zonas rurales, etc. 3. Fomentar la formación y readaptación laboral a otras profesiones, de aquellas personas cuya actividad principal se integre dentro de sectores de producción en crisis o en franca decadencia, así como la recuperación y mantenimiento de oficios tradicionales. 4. Establecer los mecanismos adecuados que hagan eficaz la relación:

Formación profesional-insercion laboral, dentro de la Comunidad Autónoma, y dinamizar el mercado de trabajo aragonés. Por cuanto antecede, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, y previa deliberación de la Diputación General, en su reunión celebrada el día 19 de mayo de 1993, DISPONGO:

CAPITULO I. Disposiciones generales.

Artículo 1.

Por la presente norma, y dentro de los límites determinados por los créditos presupuestarios existentes en cada ejercicio, se regulan los programas de actuación que el Gobierno de Aragón pondrá en marcha con objeto de incentivar la formación y reciclaje profesional de los recursos humanos aragoneses.

Artículo 2. Podrán acceder a las ayudas objeto de este Decreto, siempre que acrediten suficiente capacidad material y técnica para...

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