DECRETO 21/1985, de 14 de marzo, de la Diputación General de Aragón, por el que se crea el grupo de seguimiento del Programa Económico para Aragón.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENT0 DE EC0NOMIA Y HACIENDA
Rango de LeyDecreto

††† Consideraciones de naturaleza econÛmica e imperativos de car·cter legal han impulsado al Gobierno de la Comunidad AutÛnoma aragonesa a elaborar el Programa EconÛmico para AragÛn 1984-87, en el que se establecen las directrices de lo que ha de ser la polÌtica econÛmica de la Comunidad AutÛnoma en el cuatrienio considerado, determinando los objetivos a alcanzar y precisando las medidas y recursos financieros necesarios para su consecuciÛn.

††† Este Programa EconÛmico fue presentado y debatido en las Cortes de AragÛn que, en su sesiÛn del dÌa 7 de diciembre de 1984, aprobaron un conjunto de resoluciones relativas al mismo dot·ndolas de car·cter vinculante para todos los Departamentos de la DiputaciÛn General de AragÛn y obligando formalmente al Gobierno de la Comunidad AutÛnoma a velar por su cumplimiento.

††† Entre las resoluciones aprobadas figura la referente al seguimiento y control del Programa EconÛmico para AragÛn 1984-87, en la que se recaba de la DiputaciÛn General la creaciÛn de un Grupo de Trabajo, con participaciÛn de las fuerzas econÛmicas y sociales representativas para el desarrollo, coordinaciÛn e informaciÛn del Programa. Cumplimentar este mandato del legislativo constituye el objeto del presente Decreto.

††† En su virtud, a propuesta del Consejero de EconomÌa y Hacienda, y previa deliberaciÛn de la DiputaciÛn General en su reuniÛn del dÌa 14 de marzo de 1985, DISPONGO:

††† ArtÌculo primero.-Se crea el Grupo de Trabajo del Programa EconÛmico para AragÛn como Ûrgano de cooperaciÛn en el desarrollo, coordinaciÛn e informaciÛn del Programa EconÛmico para AragÛn.

††† ArtÌculo segundo.-El Grupo de Trabajo tendr· por funciÛn la elaboraciÛn y proposiciÛn de medidas que permitan un mejor seguimiento y control de la ejecuciÛn del Programa EconÛmico para AragÛn, asÌ como de las modificaciones que le puedan venir impuestas por su condiciÛn de instrumento de programaciÛn de car·cter flexible y deslizante.

††† Las medidas propuestas ser·n sometidas a la consideraciÛn del Consejero de EconomÌa y Hacienda, que decidir· sobre la conveniencia de su adopciÛn.

††† ArtÌculo tercero.-El Grupo de Trabajo estar· integrado por:

††† 1. El Director General de EconomÌa de la DiputaciÛn General de AragÛn, que ostentar· el cargo de Presidente del mismo.

††† 2. El Jefe del Servicio de Desarrollo Regional, que actuar· como Secretario.

††† 3. Un representante de cada uno de los Departamentos de la DiputaciÛn General de AragÛn nombrado por el Consejero...

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