DECRETO 14/1996, de 20 de febrero, de la Diputación General de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Instituto del Suelo y la Vivienda de Aragón.
Sección | I. Disposiciones Generales |
Emisor | DEPARTAMENTO DE ORDENACION TERRITORIAL OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES |
Rango de Ley | Decreto |
DECRETO 14/1996, de 20 de febrero, de la Diputación General de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Instituto del Suelo y la Vivienda de Aragón.
Por Ley 6/85 de 22 de noviembre, de la Comunidad Autónoma de Aragón, se creó el Instituto del Suelo y la Vivienda de Aragón, como Organismo Autónomo de carácter comercial y financiero, sin perjuicio de desempeñar las funciones administrativas relacionadas con la promoción privada de viviendas de protección oficial y rehabilitación, adscrito al Departamento de Urbanismo, Obras Públicas y Transportes, actualmente denominado de Ordenación Territorial, Obras Públicas y Transportes. El presente Decreto se dicta en virtud de las facultades conferidas a la Diputación General por el artículo 9.2 y la Disposición Final de la Ley 6/85, de 22 de noviembre, del Instituto del Suelo y la Vivienda de Aragón. Las modificaciones producidas en su estructura orgánica por Decreto 56/86 de 16 de mayo y 122/92 de 7 de julio, así como las que han afectado al Departamento al que esta adscrito el Instituto, y la experiencia derivada de la gestión del Plan de vivienda 1992-1995, aconsejan una clarificación y racionalización de su organización. En su virtud, a propuesta del Consejero de Ordenación Territorial, Obras Públicas y Transportes, previa deliberación de la Diputación General, en su reunión del día, 20 de febrero de 1996, DISPONGO:
Artículo 1.--Corresponde al Instituto del Suelo y la Vivienda de Aragón en los términos establecidos por la Ley 6/85, de 22 de noviembre la realización de la política de Suelo y Vivienda de la Diputación General de Aragón, ejerciendo las facultades que en ella se atribuyen.
Artículo 2.--En el Instituto del Suelo y la Vivienda de Aragón, se integran los siguientes Servicios: a) Secretaría General.
b) Servicio de Promoción Suelo y Vivienda.
Artículo 3.--A la Secretaría General le corresponde la coordinación, control y seguimiento de la actividad del Instituto en materia administrativa, jurídica y económica. Se estructura en las siguientes secciones: a) Sección de Control Presupuestario.
b) Sección de Gestión Económica.
c) Sección de Gestión Administrativa.
d) Sección de Gestión Patrimonio.
Artículo 4.--Al Servicio de Promoción Suelo y Vivienda le corresponde la coordinación, control y seguimiento en actuaciones de promoción de suelo para uso residencial e industrial y en las intervenciones de promoción pública o convenida de viviendas de protección oficial, la...
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