DECRETO 21/1983, de 9 de febrero, de la Diputación General por el que se desarrolla la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura y Ganadería.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE AGRICULTURA Y GANADERIA
Rango de LeyDecreto

DECRETO 21/1983, de 9 de febrero, de la Diputación General por el que se desarrolla la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura y Ganadería.

Por Decreto de la Diputación General de Aragón número 72/1982 de 18 de octubre, fue aprobado su Reglamento de Ordenación Jurídico - Administrativa y Financiera, en cuyo artículo 6.º 2 se creó, entre otras, la Consejería de Agricultura y Ganadería.

Por Decreto 1/1983 de 3 de enero se modificó la estructura administrativa de la Diputación General de Aragón.

Recogiendo las disposiciones anteriores y en el desarrollo de la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura y Ganadería, aún cuando al estar pendientes de transferir por la Administración Central del Estado diversas competencias del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, la organización que establece el presente Decreto tiene en algunas de sus áreas carácter provisional, a propuesta del Consejero de Agricultura y Ganadería, y previa deliberación de la Diputación General de Aragón en su reunión de 9 de febrero de 1983.

DISPONGO Artículo primero.- La Consejería de Agricultura y Ganadería de la Diputación General de Aragón se estructura de acuerdo con las prescripciones establecidas en la presente disposición.

Artículo segundo.- El Consejero de Agricultura y Ganadería ostenta la autoridad superior de la Consejería y de él dependen todos los órganos, servicios e instituciones adscritas a la misma dentro del territorio de Aragón.

Artículo tercero.-1 .- Del Consejero de Agricultura y Ganadería depende directamente la Dirección General de Agricultura y Ganadería.

2.- Dependen también directamente del Consejero de Agricultura y Ganadería:

2.1.-La Secretaría General, con el nivel orgánico de servicio, en la que se integran las siguientes secciones: - Sección de Administración Económica. - Sección de Administración de personal. - Sección de Asuntos Generales. 2.2.- El Servicio Regional de Estudios y Programas Agrarios, con las siguientes secciones: - Sección de Estudios y Programas. - Sección de Estadística Agraria. 3.- Al Consejero de Agricultura y Ganadería le asistirá con carácter consultivo, un Consejo Asesor de Agricultura y Ganadería.

Artículo cuarto.-La Dirección General de Agricultura y Ganadería se estructura para el ejercicio de sus funciones en las siguientes unidades orgánicas: 1.- Servicio Regional de Investigación Agraria. 2.- Servicio Regional de Producción Agraria...

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