DECRETO 77/1982, de 26 de octubre, por el que se desarrolla la estructura orgánica de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo de la Diputación General de Aragón.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO
Rango de LeyDecreto

††† DECRETO 77/82, de 26 de octubre, por el que se desarrolla la estructura org·nica de la ConsejerÌa de Industria, Comercio y Turismo de la DiputaciÛn General de AragÛn.

††† Creada por Decreto de la DiputaciÛn General de 18 de octubre de 1982 la ConsejerÌa de Industria, Comercio y Turismo y transferidas a la Comunidad AutÛnoma aragonesa competencias en materia de Industria y EnergÌa, por Real Decreto 2596/82 de 24 de julio, que vienen a unirse a las ya existentes en materia de Turismo, corresponde desarrollar la estructura org·nica del citado Departamento, necesaria para el correcto ejercicio de las citadas competencias.

††† La urgencia en que los servicios transferidos funcionen desde el primer momento con la eficacia requerida supone que la estructura perifÈrica de la ConsejerÌa se desarrolle de momento con car·cter provisional, debiendo procederse posteriormente al necesario reajuste y unificaciÛn de los distintos servicios del Departamento en la esfera provincial.

††† En su virtud, a propuesta del Consejero de Industria, Comercio y Turismo y emitido dictamen por la AsesorÌa JurÌdica, previa deliberaciÛn de la DiputaciÛn General en su reuniÛn de 26 de octubre de 1982.

††† DISPONGO ArtÌculo primero.- La ConsejerÌa de Industria, Comercio y Turismo de la DiputaciÛn General de AragÛn se estructura de acuerdo con las prescripciones establecidas en la presente disposiciÛn.

††† ArtÌculo segundo.- El Consejero de Industria, Comercio y Turismo ostenta la autoridad superior de la ConsejerÌa y de Èl dependen los Ûrganos, servicios e instituciones adscritos al mismo dentro del territorio de AragÛn.

††† ArtÌculo tercero.- 1. Del Consejero de Industria, Comercio y Turismo dependen directamente:

††† 1.- La DirecciÛn General de Industria y Comercio. 2.- La DirecciÛn General de Turismo.

††† 2. Depender·n tambiÈn directamente del Consejero de Industria, Comercio y Turismo:

††† 1.- La SecretarÌa General de la ConsejerÌa. 2.- El Gabinete TÈcnico. ArtÌculo cuarto.- La DirecciÛn General de Industria y Comercio se estructurar· para el ejercicio de sus funciones en las siguientes unidades org·nicas:

††† 1.- Servicio Regional de Industria y EnergÌa. 2.- Servicio Regional de PromociÛn Industrial y EnergÈtica. 3.- Servicio Regional de Comercio.

††† ArtÌculo quinto.- La DirecciÛn General de Turismo se estructura en las siguientes unidades org·nicas:

††† 1.- Servicio Regional de Turismo. 2.- Secciones de Turismo existentes...

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