DECRETO 144/2002, de 17 de abril, del Gobierno de Aragón, de modificación del Decreto 100/1999, de 3 de septiembre, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DEPRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES
Rango de LeyDecreto

††† DECRETO 144/2002, de 17 de abril, del Gobierno de AragÛn, de modificaciÛn del Decreto 100/1999, de 3 de septiembre, por el que se desarrolla la estructura org·nica b·sica de la AdministraciÛn de la Comunidad AutÛnoma de AragÛn.

††† El artÌculo 39.1.1™ del Estatuto de AutonomÌa de AragÛn establece que corresponde a la Comunidad AutÛnoma de AragÛn la ejecuciÛn de la legislaciÛn general del Estado, en los tÈrminos que en la misma se establezca, en materia de gestiÛn de la asistencia sanitaria de la Seguridad Social, de acuerdo con lo previsto en el articulo 149.1.17 de la ConstituciÛn.

††† Mediante el Real Decreto 1475/2001, de 27 de diciembre, se transfirieron a la Comunidad AutÛnoma de AragÛn las funciones y servicios que el Instituto Nacional de la Salud en materia de gestiÛn de la asistencia sanitaria de la seguridad Social venÌa realizando en su territorio.

††† La asunciÛn de las funciones y servicios previstos en el citado Real Decreto 1475/2001 aconsejan la oportuna modificaciÛn de la estructura org·nica b·sica de la AdministraciÛn de la Comunidad AutÛnoma de AragÛn con objeto de adecuar la estructura del Departamento de Salud, Consumo y Servicios Sociales a las nuevas funciones que debe desarrollar dicho Departamento como consecuencia del reiterado Real Decreto 1475/2001.

††† En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, y previa deliberaciÛn del Gobierno de AragÛn, en su reuniÛn celebrada el dÌa 17 de abril de 2002, DISPONGO:

††† ArtÌculo Unico.-ModificaciÛn del Decreto 100/1999, de 3 de septiembre, por el que se desarrolla la estructura org·nica b·sica de la AdministraciÛn de la Comunidad AutÛnoma de AragÛn.

††† 1.-El apartado 5) del artÌculo 2, del Decreto 100/1999, de 3 de septiembre, queda redactado en los siguientes tÈrminos:

††† ´3. Departamento de Salud, Consumo y Servicios Sociales.

††† -SecretarÌa General TÈcnica.

††† -DirecciÛn General de PlanificaciÛn y Aseguramiento.

††† -DirecciÛn General de Consumo.

††† DISPOSICION ADICIONAL Por los Departamentos de Presidencia y Relaciones Institucionales, y de EconomÌa, Hacienda y Empleo, en el ·mbito de sus respectivas competencias, se llevar·n a cabo las modificaciones organizativas y...

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