ORDEN de 27 de agosto de 1996, de los Departamentos de Presidencia y Relaciones Institucionales y de Educación y Cultura, por la que se convocan doce becas de formación en prácticas para postgraduados en Ciencias de la Información.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorDEPARTAMENTO DEPRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES
Rango de LeyOrden

ORDEN de 27 de agosto de 1996, de los Departamentos de Presidencia y Relaciones Institucionales y de Educación y Cultura, por la que se convocan doce becas de formación en prácticas para postgraduados en Ciencias de la Información.

La Diputación General de Aragón y la Asociación de la Prensa de Aragón han firmado, con fecha 2 de agosto de 1996, un Convenio de colaboración para la formación práctica de postgraduados en Ciencias de la Información.

En cumplimiento de la cláusula sexta del mencionado Convenio, los Departamentos de Presidencia y Relaciones Institucionales y de Educación y Cultura procede a la Convocatoria de aspirantes a la concesión de diez becas de formación en prácticas, destinadas a postgraduados en Ciencias de la Información, la que se regirá por las bases que se unen como anexo I a la presente Orden.

Zaragoza, a 27 de agosto de 1996.

El Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, MANUEL GIMENEZ ABAD El Consejero de Educación y Cultura, VICENTE BIELZA DE ORY ANEXO I BASES PARA LA CONVOCATORIA DE DOCE BECAS DE FORMACION EN PRACTICAS PARA POSTGRADUADOS EN CIENCIAS DE LA INFORMACION La Diputación General de Aragón, en colaboración con la Asociación de la Prensa de Aragón, convoca concurso público de méritos para la adjudicación de doce becas de formación en prácticas para postgraduados en Ciencias de la Información, en virtud del Convenio suscrito en fecha 2 de agosto de 1996.

BASES 1. Podrán optar a una de estas becas todos los nacidos o residentes en Aragón que se hallen en posesión del título de Licenciado en Ciencias de la Información (ramas de Periodismo o Imagen) por cualquiera de las facultades existentes en España o en el extranjero, que hayan finalizado sus estudios de licenciatura en el curso 1994-1995 o posteriores y que se encuentren en situación de paro.

2. Las becas se otorgarán por un periodo improrrogable de doce meses, a partir de la fecha de concesión y están dotadas de una cantidad unitaria de un millón doscientas treinta y seis mil pesetas (1.236.000 pesetas), que se abonará repartido en doce mensualidades iguales (Los becarios obligados a desplazarse de su lugar de residencia dispondrán de una compensación complementaria).

3. El proceso de formación de los becarios se desarrollará bajo la supervisión de un periodista-tutor de reconocida experiencia y prestigio, designado de mutuo acuerdo por la Asociación de la Prensa de Aragón y la Dirección del medio informativo correspondiente.

El...

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