DECRETO 128/2011, de 31 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Teruel.

SecciónI. Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

El Catálogo de Montes de Utilidad Pública (CMUP) es, según el artículo 16 de la Ley 43/2003 de 21 de noviembre, de Montes, el artículo 38 del Reglamento de Montes aprobado por Decreto 485/1962, de 22 de febrero, y el artículo 15 de la Ley 15/2006, de 28 de diciembre, de Montes de Aragón, un registro público de carácter administrativo en el que se inscriben todos los montes que hubieran sido declarados de utilidad pública. La figura del monte de utilidad pública y, por ende, del catálogo que los agrupa, constituye un instrumento fundamental y señero en la protección legal de la riqueza forestal y del medio natural de Aragón y de España, pues la legislación forestal prevé la defensa a ultranza de su propiedad e integridad, da grandes facilidades para su gestión, ordenación y repoblación, y en general crea un régimen de eficaz tutela de tales predios por parte de la Administración Forestal.

El artículo 38.2 del citado Reglamento de Montes establece que el Catálogo deberá ser aprobado por Decreto y sus modificaciones parciales sucesivas mediante Orden Ministerial, mientras que el artículo 39.1 del mismo texto establece que el Catálogo se organiza, fundamentalmente, por provincias. En virtud del artículo 71.20 de la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón corresponde a la Comunidad Autónoma de Aragón la competencia exclusiva en materia de montes, del mismo modo corresponde a la Comunidad Autónoma de Aragón la competencia en la gestión del Catálogo de Montes de Utilidad Pública, en virtud del apartado c del artículo 8 de la Ley 15/2006, de 28 de diciembre, de Montes de Aragón. El artículo 1.1 del Decreto 281/2007, de 6 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Medio Ambiente, asigna a este Departamento, y dentro de él a la Dirección de Gestión Forestal, la gestión y administración de los montes declarados de utilidad pública, su declaración, inclusión y exclusión del Catálogo de Montes de Utilidad Pública, así como todos los aspectos derivados de la Ley de Montes.

Hasta la fecha, el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Teruel se hallaba en una acusada situación de obsolescencia. En 1901 se publicó el periodo de audiencia y vista del «Catálogo de montes y demás terrenos forestales exceptuados de la desamortización por motivos de utilidad pública en la provincia de Teruel», elaborado por el Distrito Forestal de esta...

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