DECRETO 73/2016, de 14 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se crea el Registro de entidades especializadas acreditadas para actuar como servicios de prevención ajenos y de personas o entidades especializadas autorizadas para desarrollar la actividad de auditoría o evaluación externa del sistema de prevención en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón.

SecciónI. Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, vino a establecer la legislación básica aplicable en todo el territorio nacional en esta materia. En desarrollo de la misma, mediante el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprobó el Reglamento de los Servicios de Prevención, modificado por el Real Decreto 337/2010, de 19 de marzo, y la Orden TIN/2504/2010, de 20 de septiembre, modificada por la Orden ESS/2259/2015, de 22 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 39/1997, se regulan las condiciones de acreditación de las entidades especializadas que pretendan desarrollar la actividad de servicios de prevención ajenos, así como los requisitos de las personas o entidades especializadas autorizadas para que puedan desarrollar actividades de auditoría o evaluación externa del sistema de prevención.

El artículo 28 del citado Real Decreto establece que, en los órganos competentes de las Comunidades Autónomas, se creará un registro en el que serán inscritas las entidades especializadas que hayan sido acreditadas como servicios de prevención, así como las personas o entidades especializadas a las que se haya concedido autorización para efectuar auditorías o evaluaciones de los sistemas de prevención.

El Gobierno de la Comunidad Autónoma de Aragón suscribió un convenio de colaboración con el Ministerio de Empleo y Seguridad Social publicado mediante Resolución de 16 de noviembre de 2012 ("Boletín Oficial del Estado", número 306, de 21 de diciembre de 2012), para el funcionamiento de la aplicación informática para la gestión de la información de los servicios de prevención ajenos acreditados, a la vez que propicia la interconexión de los registros autonómicos mediante la creación de la mencionada base de datos informática que a su vez, da soporte al presente registro.

Por otro lado, razones de eficacia administrativa aconsejan regular el citado registro, todo ello con estricto respeto de las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Este registro administrativo, de carácter público, se establece con la finalidad de proporcionar información de acuerdo con los datos que sean facilitados por las propias personas y entidades, así como con los datos obrantes en la Administración sobre los servicios de prevención ajenos y personas o entidades acreditadas para la realización de auditorías o evaluaciones externas del sistema de prevención que, debidamente acreditados o autorizadas, presten servicios en nuestra Comunidad Autónoma. Por lo tanto, con la habilitación de este registro se pretende ofrecer un importante servicio a la ciudadanía, en la medida en que, tanto las personas físicas como jurídicas que pretendan contratar la prestación de tales servicios u obtener cualquier otra...

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