DECRETO 7/2020, de 10 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento.

SecciónI. Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

El Estatuto de Autonomía de Aragón dispone en su artículo 28, entre los principios rectores de las políticas públicas, que corresponde a los poderes públicos aragoneses fomentar la investigación, el desarrollo y la innovación científica, tecnológica y técnica de calidad. Asimismo, promoverán las condiciones para garantizar en el territorio de Aragón el acceso sin discriminaciones a los servicios audiovisuales y a las tecnologías de la información y comunicación. Por otro lado, el artículo 16.3 reconoce como derecho de todas las personas la protección de sus datos personales.

Por otra parte, el artículo 71.41.ª del Estatuto de Autonomía establece que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de investigación, desarrollo e innovación científica y tecnológica, que comprende, en todo caso, la planificación, programación y coordinación de la actividad investigadora de la Universidad y de los demás centros públicos y privados, la transferencia de conocimientos y el fomento y desarrollo de las tecnologías para la sociedad de la información.

Además el artículo 73 del Estatuto de Autonomía dispone que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia compartida en enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, que, en todo caso, incluye, entre otras funciones indicadas en dicho precepto, la ordenación del sector de la enseñanza y de la actividad docente y educativa, su programación, inspección y evaluación; la promoción y apoyo al estudio; la formación y el perfeccionamiento del personal docente; la garantía de la calidad del sistema educativo, y la ordenación, coordinación y descentralización del sistema universitario de Aragón con respeto al principio de autonomía universitaria.

Asimismo, y de acuerdo con el artículo 75.5.ª del Estatuto de Autonomía, la Comunidad Autónoma tiene atribuida la competencia compartida en materia de protección de datos de carácter personal, que, en todo caso, incluye la regulación, inscripción y el tratamiento de los mismos, el control de los ficheros creados o gestionados por las instituciones públicas de Aragón y, en especial, la creación de una Agencia de protección de datos de Aragón.

Mediante el Decreto de 5 de agosto de 2019, del Presidente del Gobierno de Aragón, se ha modificado la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se han asignado competencias a los Departamentos. Concretamente, el artículo 6 del citado Decreto dispone que corresponde al Departamento de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento la totalidad de las competencias del anterior Departamento de Innovación, Investigación y Universidad atribuyéndosele así las competencias en materia de investigación, innovación, nuevas tecnologías, universidad y administración electrónica.

Igualmente, a través del precitado artículo 6 se adscriben a este nuevo Departamento varias entidades de Derecho público, en concreto el Instituto Tecnológico de Aragón, la entidad Aragonesa de Servicios Telemáticos, el Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón y la Agencia de Calidad y Prospectiva Universitaria de Aragón.

Posteriormente, mediante el Decreto 93/2019, de 8 de agosto, del Gobierno de Aragón, por el que se desarrolla la estructura básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón de cada Departamento, se ha reorganizado la estructura orgánica básica. En el caso concreto del Departamento de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento se mantiene el número y denominación de las Direcciones Generales que anteriormente componían el Departamento de Innovación, Investigación y Universidad de forma que el nuevo Departamento está integrado por los siguientes órganos directivos: la Secretaría General Técnica, la Dirección General de Investigación e Innovación, la Dirección General de Administración Electrónica y Sociedad de la Información y la Dirección General de Universidades.

De la misma forma, conviene destacar que el artículo 4.1 del Decreto 93/2019, de 8 de agosto, determina al Departamento de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento como Departamento de tutela de las fundaciones del sector público aragonés: Parque Científico y Tecnológico de Aula Dei, Zaragoza Logistics Center, Agencia Aragonesa para la Investigación y el Desarrollo y Centro de Estudios de la Física del Cosmos de Aragón.

Esta estructura orgánica básica debe completarse con el correspondiente Decreto que establezca la estructura orgánica pormenorizada de cada Departamento, de acuerdo con el Texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 julio, del Gobierno de Aragón y la disposición final primera del ya mencionado Decreto 93/2019, de 8 de agosto. Por consiguiente, el objeto de este Decreto es el establecimiento de la estructura orgánica detallada del Departamento de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento mediante la definición concreta del área funcional que corresponde a cada centro directivo y la determinación de los órganos administrativos que se integran en cada uno.

La estructura regulada en esta disposición es la considerada como imprescindible para el adecuado ejercicio de las competencias del referido Departamento, debiendo señalarse que, conforme a lo expuesto, dicha estructura se caracteriza, en líneas generales, por la continuación en las funciones ya reconocidas a las Direcciones Generales del anterior Departamento de Innovación, Investigación y Universidad en el Decreto 319/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del citado Departamento modificado por Decreto 94/2017, de 20 de junio, del Gobierno de Aragón, y por Decreto 157/2017, de 17 de octubre, del Gobierno de Aragón.

No obstante, procede destacar determinadas novedades que acoge este Decreto y que en el ámbito de la investigación y la innovación se traduce en la incorporación de las competencias que en materia de I+D+i la Ley 17/2018, de 4 de diciembre, de Investigación e Innovación de Aragón, asigna al Departamento con competencias en la mencionada materia.

Por otra parte, dentro de la Dirección General de Administración Electrónica y Sociedad de la Información, en el área de administración electrónica, se han actualizado los nombres de los Servicios pasando a denominarse Servicio de Diseño y Desarrollo de Servicios Públicos y Servicio de Transformación Digital, de forma que la denominación sea acorde con las funciones ejercidas; se han concretado las funciones de ambos servicios en lo relativo al diseño de los servicios y a la transformación de los procedimientos administrativos que se gestionan y tramitan en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón con el fin de cumplir con los mandatos de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y se han incorporado funciones específicas en materia de definición de los sistemas de identificación y firma, coordinación de los contenidos de la sede electrónica y establecimiento del marco para el desarrollo de la actuación administrativa automatizada, dentro de las obligaciones y contenidos regulados por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Asimismo, se han definido las competencias en materia de protección de datos y seguridad de la información atendiendo al nuevo marco normativo y, por otra parte, en atención a su singularidad y con el fin de integrar las medidas abordadas en el Acuerdo del Gobierno de Aragón de 24 de julio de 2018, por el que se adoptan medidas organizativas en materia de administración electrónica, protección de datos de carácter personal y seguridad de la información, aplicables a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, se ha dado acogida en este Decreto a las diferentes unidades previstas en dicho Acuerdo. Concretamente, a las Unidades de Apoyo a la Administración Electrónica y Gobernanza de los datos de los diferentes Departamentos y Organismos Autónomos, incluyendo las funciones de todas ellas en una disposición adicional tercera, así como a las unidades específicas integradas en la Dirección General de Administración Electrónica y Sociedad de la Información.

Respecto al área de sociedad de la información se añade la referencia a las funciones derivadas del Decreto 90/2019, de 18 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueban las directrices de interoperabilidad y reutilización de datos para su apertura en el punto de acceso de datos abiertos del Gobierno de Aragón.

En lo concerniente al Portal de Servicios del Gobierno de Aragón...

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