DECRETO 49/2018, de 20 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Decreto 30/2016, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la escolarización de alumnos en los centros docentes públicos y privados concertados en las enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación especial, educación secundaria obligatoria, bachillerato y formación profesional de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Fecha de Entrada en Vigor 9 de Abril de 2018
SecciónI. Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

En la Comunidad Autónoma de Aragón, el desarrollo del proceso de escolarización de alumnos en centros docentes sostenidos con fondos públicos se establece mediante el Decreto 30/2016, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la escolarización de alumnos en los centros docentes públicos y privados concertados en las enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación especial, educación secundaria obligatoria, bachillerato y formación profesional de la Comunidad Autónoma de Aragón. Con el ánimo de seguir avanzando en el cumplimiento de la legalidad y en la salvaguarda de las garantías recogidas en la normativa vigente, se ha advertido la necesidad de modificar este decreto, en base a tres cuestiones concretas que se exponen a continuación.

En primer lugar, el Decreto 30/2016, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, preveía la posible creación de oficinas de información y atención a las familias. Del mismo modo, el Decreto 138/2017, de 5 de septiembre, del Gobierno de Aragón, modifica el Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, que aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, y, entre sus novedades, atribuye de modo concreto a la Dirección General de Planificación y Formación Profesional la función de centralización y coordinación de la información al ciudadano en materia educativa y, en particular, en materia de escolarización.

El proceso de escolarización es uno de los más importantes del sistema educativo. Para una mayor transparencia y calidad en el servicio, se considera conveniente que estas oficinas se constituyan y funcionen efectivamente en las tres provincias aragonesas garantizando la información y el asesoramiento de las familias a lo largo del proceso de escolarización, en particular, respecto a los proyectos educativos y las características propias de los centros educativos aragoneses.

En un segundo orden de cosas, el interés del Gobierno de Aragón en garantizar la adecuada y equilibrada escolarización del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo justifica la necesidad de análisis y modificación del decreto vigente, con el fin de que las plazas reservadas en...

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