DECRETO 202/2019, de 8 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se crea y regula la Comisión de Coordinación del Camino de Santiago-Camino Francés a su paso por Aragón.

SecciónI. Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

El Estatuto de Autonomía de Aragón, reformado por Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, en su artículo 71, regla 8.ª, atribuye a la Comunidad Autónoma de Aragón la competencia exclusiva en materia de ordenación del territorio, conforme a los principios de equilibrio territorial, demográfico, socioeconómico y ambiental y en el artículo 71.1 reconoce a esta Comunidad la competencia exclusiva para la creación, organización, régimen y funcionamiento de sus instituciones de autogobierno.

El Gobierno de Aragón, a iniciativa del Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda, con el objetivo de impulsar el Camino de Santiago- Camino Francés a su paso por Aragón haciendo de él un potencial cultural, económico, turístico y de comunicación, ha aprobado mediante Decreto 211/2018, de 3 de diciembre, la Directriz Especial de Ordenación Territorial del Camino de Santiago-Camino Francés a su paso por Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 241, de 14 de diciembre de 2018).

Dicho instrumento establece en su artículo 15, la creación de una Comisión de Coordinación adscrita a este Departamento, para velar por su cumplimiento, coordinando el desarrollo de las estrategias, los programas y acciones, elaborando un plan de seguimiento, y analizando el cumplimiento de los indicadores. Añade en su disposición adicional que el plazo máximo será de seis meses desde la entrada en vigor de la Directriz, el 15 de diciembre de 2018.

El presente Decreto da cumplimiento a este mandato y respeta el sistema de distribución competencial existente en la materia en el artículo 71. 8.ª del Estatuto de Autonomía de Aragón y en el artículo 149.1.18 de la Constitución Española y tiene por finalidad regular y concretar la creación y el funcionamiento de la Comisión de Coordinación del Camino de Santiago- Camino Francés a su paso por Aragón.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la elaboración de esta norma han sido tenidos en cuenta los principios de buena regulación recogidos en el citado artículo. En concreto, los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.

Para la aprobación de este Decreto se han respetado los trámites exigidos por el ordenamiento jurídico: incoación del procedimiento de elaboración del proyecto normativo mediante Orden de 17 de enero de 2019, del Consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda; trámite de información pública mediante Resolución del Director General de Ordenación del Territorio publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 33, de 18 de febrero de 2019, estudio y valoración de las alegaciones presentadas, informe de la Secretaría General Técnica del Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda e informe de la Dirección General de Servicios Jurídicos. Todos los documentos de relevancia jurídica han sido publicados en el Portal de Transparencia del Gobierno de Aragón.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda, previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión...

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