DECRETO 179/2018, de 23 de octubre, del Gobierno de Aragón por el que se derogan los decretos autonómicos de creación de las sociedades mercantiles 'Aragón Plataforma Logística, S.L.U.', 'Plataforma Logística de Zaragoza, PLAZA, S.A.U.' y 'PLHUS Plataforma Logística, S.L.U.' y se establece la nueva regulación de la empresa pública 'Aragón Plataforma Logística, S.A.U'.

SecciónI. Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

El artículo 71. 32.ª, del Estatuto de Autonomía de Aragón atribuye a la Comunidad Autónoma de Aragón competencias exclusivas para la "planificación de la actividad económica y fomento del desarrollo económico de la Comunidad Autónoma, de acuerdo con los principios de equilibrio territorial y de sostenibilidad y, en especial, la creación y gestión de un sector público propio de la Comunidad".

Asimismo, otorga a la Comunidad Autónoma competencias exclusivas en materia de "centros y operadores de las actividades vinculadas a la organización del transporte, logística y distribución situadas en Aragón" (artículo 71.15.ª, in fine), en materia de ordenación del territorio (artículo 71.8.ª), así como en materia de transporte, siempre que los medios utilizados a tal fin "transcurran íntegramente por el territorio de la Comunidad Autónoma, con independencia de la titularidad de la infraestructura" (artículo 71.15.ª, primer inciso).

Por último, el articulo artículo 71. 7.ª reconoce a la Comunidad Autónoma de Aragón competencias exclusivas en materia de procedimiento administrativo "derivado de las especialidades de la organización propia".

Adicionalmente, el artículo 99.2 del Estatuto de Autonomía dispone que la Comunidad Autónoma "ejercerá las competencias de naturaleza económica que se le reconocen en el presente Estatuto de acuerdo con la ordenación de la actividad económica general, los objetivos de política social y económica del Estado y dentro del pleno respeto a la libertad de empresa y competencia en el marco de la economía de mercado" y el artículo 100.2 identifica al Gobierno de Aragón como el órgano autonómico que específicamente puede "constituir empresas públicas para la ejecución de las funciones reconocidas en el presente Estatuto".

De conformidad con el marco normativo expuesto, el ordenamiento aragonés ha ido estableciendo un régimen de creación y funcionamiento del sector público autonómico en las Leyes de Patrimonio, de Hacienda y de la Administración de la Comunidad Autónoma, así como en las leyes especiales de algunos organismos

públicos, que han previsto, entre otros instrumentos que posibilitan el cumplimiento de los objetivos económicos, que nuestra Comunidad Autónoma pueda crear empresas públicas. Así, en el ejercicio de las facultades atribuidas, el Gobierno de Aragón autorizó la constitución, entre otras, de las siguientes mercantiles autonómicas: "Plataforma Logística de Zaragoza, PLAZA, S.A." mediante Decreto 125/2000, de 27 de junio; "PLHUS Plataforma Logística, S.L." mediante Decreto 156/2006, de 20 de junio y "Aragón Plataforma Logística, Sociedad Limitada Unipersonal", autorizada mediante Decreto 76/2017, de 23 de mayo.

Tales empresas públicas forman parte del grupo empresarial del que "CORPORACIÓN EMPRESARIAL PÚBLICA DE ARAGÓN, S.L.U." es la titular directa del capital público como entidad de gestión, que actúa a modo de sociedad cabecera de un subgrupo de compañías mercantiles públicas ya constituidas y en funcionamiento a la fecha.

El reconocimiento de la capacidad de creación de un adecuado entorno empresarial público propio y el actual desarrollo del mismo en la Comunidad Autónoma de Aragón ha exigido la adopción de medidas que permitan establecer las condiciones necesarias para que la gestión de nuestro sector público se someta a proceso continuo de racionalización que garantice la obtención de la mayor eficiencia y eficacia posible en el uso de los recursos públicos empleados.

Dichas medidas se enmarcan en el proceso de reestructuración del sector público empresarial iniciado por el Gobierno de Aragón basado en la extinción, fusión y disolución de sociedades públicas y en la introducción de medidas de optimización en la gestión de aquellas empresas que forman parte del sector público empresarial de Aragón; medidas que, además, forman parte de los compromisos asumidos en el Plan Estratégico 2016-2020 de la "Corporación Empresarial Pública de Aragón, S.L.U." de avanzar y profundizar en el modelo de gobernanza y disciplina - no solo financiera- del holding, con el objetivo de conseguir una acción pública empresarial eficaz, vertebradora, con una elevada rentabilidad social y generación de riqueza que contribuyan de forma evidente al desarrollo económico y social de la Comunidad Autónoma.

Como continuación de este proceso de restructuración empresarial dentro del grupo empresarial de la Comunidad Autónoma aragonesa, al amparo de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, con fecha 19 de junio de 2018 se acordó por el Gobierno de Aragón "Autorizar la fusión de las sociedades mercantiles autonómicas de capital íntegramente público "Aragón Plataforma Logística, S.L.U.", "Plataforma Logística de Zaragoza, PLAZA, S.A.U." y "PLHUS Plataforma Logística, S.L.U.", mediante la absorción por parte de "Plataforma Logística de Zaragoza, PLAZA, S.A.U." (que adoptará la denominación "Aragón Plataforma Logística, S.A.U") de las sociedades "Aragón Plataforma Logística, S.L.U." y "PLHUS Plataforma Logística, S.L.U.", que se extinguirán mediante su disolución sin liquidación, traspasando en bloque su patrimonio social a la sociedad absorbente, que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de las sociedades absorbidas".

Dicho proceso de fusión, que tiene por finalidad concentrar la gestión y la actividad empresarial en un concreto sector económico y de intervención pública, vinculado a la promoción y comercialización de suelo industrial al sector económico terciario (en particular, las denominadas "plataformas logístico-industriales"y de uso terciario), como actividad que han venido desarrollando las tres sociedades mencionadas, culminó con la inscripción en el Registro Mercantil de Zaragoza en fecha 13 de septiembre de 2018 (B.O.R.M. de 20 de septiembre de 2018), de la citada operación de fusión por la que "Plataforma Logística de Zaragoza, PLAZA, S.A.U" (sociedad absorbente), absorbe a las sociedades "PLHUS Plataforma Logística, S.L.U." y "Aragón Plataforma Logística, S.L.U." (sociedades absorbidas), que se extinguen mediante su disolución sin liquidación, traspasando en bloque su patrimonio social a la sociedad que "Plataforma Logística de Zaragoza, PLAZA, S.A.U", sociedad que adquiriere por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de dichas sociedades y modifica su denominación social pasando a adoptar la de la sociedad absorbida "Aragón Plataforma Logística, S.A.U."; todo ello de conformidad a lo dispuesto en el artículo 418.1 del Reglamento del Registro Mercantil.

La finalización del proceso de fusión por absorción con las consecuencias mercantiles señaladas, que implica la asunción por parte de "Aragón Plataforma Logística, S.A.U." (antes denominada "Plataforma Logística de Zaragoza, PLAZA, S.A.U.") del papel de sociedad de cabecera del subholding inmologístico del Grupo Corporación, tomando el objeto social y el resto de singularidades que se definieron para la sociedad "Aragón Plataforma Logística, S.L.U" en su decreto de creación, hace necesario que se proceda a la adecuación de las normas administrativas de las referidas sociedades a la situación actual.

A ello obedece el presente decreto que, atendiendo al resultado final del proceso de fusión descrito, ha optado por establecer la nueva regulación de la mercantil autonómica "Plataforma Logística de Zaragoza, PLAZA, S.A.", ahora denominada "Aragón Plataforma Logística, S.A.U." (APL), en un decreto nuevo, dado el alcance cuantitativo de la modificación resultante, que afecta a todo el articulado del Decreto 125/2000, de 27 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza la constitución de la empresa pública "Plataforma Logística de Zaragoza, PLAZA, S.A." y ello por razones de seguridad jurídica y claridad y en aplicación de los principios de buena regulación y de técnica normativa.

Asimismo, el decreto tiene por objeto derogar los decretos de creación de las sociedades "PLHUS Plataforma Logística, S.L.U." y "Aragón Plataforma Logística, S.L.U.", como consecuencia de su extinción mediante disolución sin liquidación en el proceso de integración mercantil descrito, así como de la sociedad absorbente "Plataforma Logística de Zaragoza, PLAZA, S.A.U.", con excepción de su artículo 1.1, en el que se dispone la creación de la empresa pública "Plataforma Logística de Zaragoza. PLAZA S.A". El mantenimiento de dicho precepto responde a la necesidad de conservar la vigencia de la disposición que determina la creación la citada empresa pública, denominada tras la fusión "Aragón Plataforma Logística, S.A.U.", en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 84.1 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y artículo 141 del texto refundido de la Ley del Patrimonio de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 4/2013, de 17 de diciembre.

La fusión de las sociedades obliga, igualmente, a que se modifiquen o revisen los estatutos sociales de la sociedad "Aragón Plataforma Logística, S.A.U." a fin de adaptarlos al nuevo régimen resultante, conforme a la decisión adoptada por su socio único, siguiendo lo dispuesto en los artículos 15 y 285.1 del texto refundido de la Ley de sociedades de capital, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio.

Es por ello, que el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR