DECRETO de 15 de julio de 2020, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Decreto de 10 de septiembre de 2019, por el que se establece la estructura orgánica de la Presidencia del Gobierno de Aragón.

SecciónI. Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

La Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón regula el poder ejecutivo y determina las atribuciones que tiene encomendadas el Presidente de Aragón, estableciendo en su artículo 4.9 que corresponde al Presidente la determinación de la estructura orgánica de la Presidencia.

Mediante Decreto de 10 de septiembre de 2019, del Presidente del Gobierno de Aragón, modificado por Decreto de 8 de enero de 2020, se estableció la estructura orgánica de la Presidencia del Gobierno de Aragón, con objeto de responder a las necesidades planteadas en el inicio de la X legislatura.

La Ley 5/2017, de 1 de junio, de Integridad y Ética Públicas introdujo un nuevo régimen en materia de conflictos de intereses e incompatibilidades de autoridades y cargos públicos. El tiempo transcurrido desde su entrada en vigor y las competencias asumidas al inicio de esta legislatura por la Presidencia del Gobierno en materia de calidad y evaluación de las normas, así como en simplificación del ordenamiento jurídico aragonés hacen necesario modificar la estructura orgánica de la Presidencia del Gobierno de Aragón.

En virtud de todo lo expuesto y en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 4.9 de la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón, dispongo:

Artículo primero Se modifica el apartado 4 del artículo 2 que queda redactado de la siguiente manera:

"4. Dependen de la Secretaría General de la Presidencia: el Servicio de Asuntos Administrativos, el Servicio del Secretariado del Gobierno y el Servicio de Integridad, Planificación y Calidad Normativa".

Artículo segundo Se modifica el apartado 2 del artículo 3 con la siguiente redacción:

"2. Además de las funciones enumeradas en el apartado anterior, corresponden al Servicio de Asuntos Administrativos la representación de la Secretaría General de la Presidencia en los órganos de negociación colectiva de la Administración de la Comunidad Autónoma y las funciones relativas a personal, respecto del personal dependiente de la Presidencia del Gobierno de Aragón, que la normativa...

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