DECRETO 62/1990, de 17 de abril, de la Diputación General de Aragón, por el que se establecen ayudas a los damnificados por los daños en los cultivos aragoneses producidos por climatología adversa durante el año 1989.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE AGRICULTURA,GANADERIA Y MONTES
Rango de LeyDecreto

DECRETO 62/1990, de 17 de abril, de la Diputación General de Aragón, por el que se establecen ayudas a los damnificados por los daños en los cultivos aragoneses producidos por climatología adversa durante el año 1989.

Las condiciones climáticas del año 1989 (sequía, heladas, granizadas, etcétera), que se han registrado durante diversos periodos del ciclo vegetativo de los cultivos agrícolas, han ocasionado pérdidas importantes en estos cultivos en diversos términos municipales del territorio aragonés.

Al objeto de ayudar a los agricultores más afectados, durante el año 1989 la Diputación General de Aragón ha publicado tres Decretos:

Decreto 106/89, Decreto 107/89 y Decreto 112/89. Este tipo de ayudas ha permitido auxiliar a un colectivo bastante numeroso de agricultores, si bien por las limitaciones que figuraban en los citados Decretos no se ha podido atender a otros colectivos de agricultores que habían experimentado igualmente daños importantes en sus cultivos. Por otra parte, como consecuencia de la sequía en algunos términos municipales los cultivos forrajeros se han visto igualmente afectados, lo que ha repercutido en la cabaña ganadera.

Teniendo en cuenta la situación expuesta anteriormente, las Cortes de Aragón han instado a la Diputación General de Aragón, mediante una proposición no de ley número 9/89, para que establezca más ayudas complementarias a las ya concedidas.

Por ello, y en base al artículo 35.1.8 del Estatuto de Autonomía de Aragón, la Diputación General de Aragón considera necesario establecer las ayudas que se especifican en la parte dispositiva de este Decreto como medio para contribuir, en lo posible, a aminorar los daños producidos.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Agricultura, Ganadería y Montes y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Diputación General de Aragón, en su reunión del día 17 de abril de 1990.

DISPONGO:

Artículo primero.-El presente Decreto tiene por objeto establecer las ayudas a que se refiere el artículo 3º a los damnificados por los daños producidos por climatología adversa durante 1989 en los diversos cultivos agrícolas aragoneses.

Artículo segundo.-Podrán ser beneficiarios los agricultores y ganaderos afectados, quienes deberán presentar la siguiente documentación:

-La expresiva de estar acogidos al Régimen Especial Agrario o en situación de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos Agrarios, mediante certificación expedida al efecto por el Instituto...

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