NOTIFICACION del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Trabajo, de Conformidad con el artículo 80.3 dela Ley de Procedimiento Administrativo, a Lorena Urquiz Gasset por la que se procede a comunicarle la fecha de baja de la ayuda económica que venía percibiendo, por no encontrarse en el domicilio señalado para...

SecciónV. Anuncios
EmisorDEPARTAMENTO DE SANIDAD BIENESTAR SOCIAL Y TRABAJO

NOTIFICACION del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Trabajo, de Conformidad con el artículo 80.3 dela Ley de Procedimiento Administrativo, a Lorena Urquiz Gasset por la que se procede a comunicarle la fecha de baja de la ayuda económica que venía percibiendo, por no encontrarse en el domicilio señalado para recibir notificaciones.

Vista la ayuda económica de media pensión de que disfruta la menor Lorena Urquiz Gasset en el Centro Col. Pub. San Braulio en virtud de la Disposición Transitoria Segunda del Decreto 95/1991 por el que se regulan las prestaciones económicas en el ámbito de la acción social, que establece que "los beneficiarios de las prestaciones propias del sistema de protección de menores existentes hasta la entrada en vigor de este Decreto mantendrán las mismas, en la cuantía que vinieran percibiendo si ésta es superior a la resultante de la aplicación de la presente normativa siempre que reúnan las condiciones que motivaron su concesión". Visto el artículo 19 del mencionado Decreto 95/1991, que establece que la revisión del derecho de las prestaciones podrá efectuarse de oficio o a instancia del interesado, dando lugar a la revisión del oficio el conocimiento de cualquier circunstancia susceptible de modificar el derecho a la prestación. Resultando: Que se ha procedido a efectuar la revisión de oficio del expediente de Lorena Urquiz Gasset, beneficiaria de una prestación propia del sistema de protección de menores con anterioridad al 1 de julio de 1991, fecha de entrada en vigor del Decreto 95/1991. Considerando: Que examinada la documentación exigida por el Servicio Provincial de acuerdo con el Decreto 95/1991, para efectuar la revisión, se deduce que en la mencionada menor concurren los requisitos exigidos para seguir percibiendo la prestación. Resuelvo, el mantenimiento de la ayuda económica de media pensión en favor de la menor Lorena Urquiz Gasset hasta el 30 de junio de 1992. Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Trabajo en los 15 días siguientes al de la recepción de esta Resolución, conforme establecen los artículos 59, 113 y 122 de la Ley de Procedimiento Administrativo, y el...

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