DECRETO 55/1991, de 4 de abril, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula la subvención de una parte del coste de contratación de los seguros hortícolas, incluidos en el Plan Anual de Seguros Agrarios Combinados, para el ejercicio de 1991.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE AGRICULTURA,GANADERIA Y MONTES
Rango de LeyDecreto

DECRETO 55/1991, de 4 de abril, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula la subvención de una parte del coste de contratación de los seguros hortícolas, incluidos en el Plan Anual de Seguros Agrarios Combinados, para el ejercicio de 1991.

Los cultivos hortícolas en Aragón, zona tradicional de producción, tienen un alto interés económico y social, estando generalmente integrados en la estructura de la empresa familiar agraria que aprovecha la mano de obra excedentaria de la explotación. También existen explotaciones con grandes superficies dedicadas a alguna hortaliza que tiene la posibilidad de mecanización y cuya producción se contrata casi en exclusiva a las industrias. Estos cultivos generan un elevado margen bruto que mejora notablemente el nivel de rentas que obtienen las explotaciones. Las heladas, el viento y el pedrisco ocasionan, por las características de los productos hortícolas, aparte de una disminución de la producción, daños muy graves, más acentuados en fechas próximas a la recolección, que imposibilitan la utilización de estos productos para consumo en fresco e incluso para la industria; con lo que se producen fuertes pérdidas económicas en las explotaciones. Dadas las circunstancias expuestas anteriormente y considerando los resultados positivos de las actuaciones precedentes de la Diputación General de Aragón, en cuanto al seguro agrario, se considera conveniente aplicar un sistema de ayudas a los seguros hortícolas. Teniendo en cuenta que el Artículo 35.1.8, del Estatuto de Autonomía atribuye a la Comunidad Autónoma competencia en materia de agricultura y ganadería; como, asimismo, que la Ley 87/1978 de 28 de diciembre, de Seguros Agrarios Combinados, posibilita la intervención de la Administración en este sector, se pretende ayudar, para la campaña de 1991, a los suscriptores de los seguros hortícolas subvencionando parle de la prima a pagar, con el fin de garantizar la renta de los agricultores y, por tanto su estabilidad económica. En su virtud, de conformidad con el Artículo 14 de la Ley 3 de 1984, de 22 de junio, del Presidente, de la Diputación General y de la Administración de la Comunidad Autónoma a propuesta del Consejero de Agricultura, Ganadería y Montes, y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Diputación General de Aragón, en su reunión del día 4 de abril de 1991, DISPONGO: Artículo primero.-1. Es objeto del presente Decreto regular la subvención de parte del coste de...

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