DECRETO 25/1999, de 23 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el contenido de los informes de los organismos de control sobre contaminación atmosférica, en la Comunidad Autónoma de Aragón.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyDecreto

DECRETO 25/1999, de 23 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el contenido de los informes de los organismos de control sobre contaminación atmosférica, en la Comunidad Autónoma de Aragón.

El artículo 37.3 del Estatuto de Autonomía, texto reformado por Ley Orgánica 5/1996, de 30 de diciembre, atribuye a la Comunidad Autónoma de Aragón el desarrollo legislativo y la ejecución de la legislación básica del Estado, en materia de protección del medio ambiente y normas adicionales de protección del medio ambiente y del paisaje.

La normativa sobre Protección del Ambiente Atmosférico se contiene en la Ley 38/1972 de 22 de diciembre; el Decreto 833/1975, de 6 de febrero que la desarrolla; la Orden de 18 de octubre de 1976, de prevención y corrección de la contaminación atmosférica de origen industrial; y los Reales Decretos 2596/1982, de 24 de julio y 539/1984, de 8 de febrero, sobre transferencias de competencias, funciones y servicios de la Administración del Estado a la Diputación General de Aragón en materia de Industria, Energía y Minería, que en su art. 12 incluye la vigi- lancia e inspección sobre las instalaciones anticontaminantes de las industrias y la potestad para recabar asistencia de las Entidades Colaboradoras. Por su parte el Decreto 217/1993, de 7 de diciembre, de la Diputación General de Aragón, por el que se asignan competencias al Departamento de Medio Ambiente, en el apartado h) del artículo 2, atribuye a este Departamento las competencias derivadas de la legislación en materia de contaminación atmosférica, así como las transferidas por el Estado a la Diputación General de Aragón en virtud de los citados Reales Decretos 2596/1982 y 539/1984.

El artículo 11 del Decreto 111/1997, de 10 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Agricultura y Medio Ambiente, asigna a la Dirección General de Calidad Ambiental las competencias en materia de medio ambiente urbano e industrial, estudios de medio ambiente, educación, formación y sensibilización ambiental y cuantos le son atribuidos por la normativa vigente.

El régimen jurídico de las Entidades Colaboradoras en Medio Ambiente Industrial está establecido en el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial, ya que este Reglamento deroga el Real Decreto 735/1979, de 20 de febrero, donde se fijaban normas generales que deben cumplir las Entidades Colaboradoras, estableciendo en la disposición transitoria...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR