DECRETO 142/1998, de 7 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el régimen jurídico en materia de actividades de utilización confinada, liberación voluntaria y comercialización de organismos modificados genéticamente o de productos que los contengan.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyDecreto

DECRETO 142/1998, de 7 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el régimen jurídico en materia de actividades de utilización confinada, liberación voluntaria y comercialización de organismos modificados genéticamente o de productos que los contengan.

La Ley 15/1994, de 3 de junio, por la que se establece el régimen jurídico de la utilización confinada, liberación voluntaria y comercialización de organismos modificados genéticamente, a fin de prevenir los riesgos para la salud humana y el medio ambiente y el Real Decreto 951/1997 de 20 de junio, por el que se aprueba el Reglamento General que desarrolla la Ley 15/1994, constituyen la normativa básica aplicable a la materia, según las consideraciones que proclama en su Disposición final primera el citado Real Decreto. Corresponde a las Comunidades Autónomas ejercer las competencias señaladas en la Ley en relación con la utilización confinada de organismos modificados genéticamente y otorgar las autorizaciones para la liberación voluntaria con fines de investigación y desarrollo y cualquier otro distinto de la comercialización, salvo en los casos reservados por la Ley como competencia de la Administración General de Estado. Además, corresponde a las Comunidades Autónomas la vigilancia y control de estas actividades, así como la imposición de sanciones que se deriven de las infracciones cometidas en su realización.

La finalidad de esta norma es establecer el órgano competente en la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio de las competencias que le atribuye la Ley 15/1994, de 3 de junio. Por todo ello, en virtud de las competencias establecidas en el artículo 35.1.40 y 37.3 del Estatuto de Autonomía de Aragón, a propuesta del Consejero de Agricultura y Medio Ambiente y previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 7 de julio de 1998.

DISPONGO:

Artículo 1.--Objeto.

El presente Decreto tiene por objeto establecer el régimen jurídico en materia de actividades de utilización confinada, liberación voluntaria y comercialización de organismos modificados genéticamente o de productos que los contengan y la designación de los órganos competentes en la Comunidad Autónoma de Aragón, en aplicación de la Ley 15/1994 de 3 de junio y el Real Decreto 951/1997, de 20 de junio.

Artículo 2.--Competencias.

1.--Corresponde al Departamento de Agricultura y Medio Ambiente la competencia general en esta...

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