DECRETO 8/1988, de 19 de enero, de la Diputación General de Aragón, por el que se modifica el Artículo 40 del Decreto 87/1987, de 17 de junio, por el que se regulan las condiciones higiénico sanitarias de las piscinas de uso público.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE SANIDAD BIENESTAR SOCIAL Y TRABAJO
Rango de LeyDecreto

DECRETO 8/1988, de 19 de enero, de la Diputación General de Aragón, por el que se modifica el Artículo 40 del Decreto 87/1987, de 17 de junio, por el que se regulan las condiciones higiénico sanitarias de las piscinas de uso público.

La Ley General de Sanidad de 25 de abril de 1986 determina en su Artículo 36 un cuadro de sanciones que difiere del establecido en el Artículo 40 del Decreto 87/1987, por lo que se hace necesario proceder a sustituirlo por otro contenido que se encuentre acorde con el régimen de sanciones establecidas en aquella Ley General.

En consecuencia, teniendo en cuenta las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de Sanidad e Higiene señaladas en el Artículo 35,20 de su Estatuto, y el Real Decreto 311/1982 de 15 de enero de transferencias de servicios, así como la Ley General de Sanidad, a propuesta de la Consejera de Sanidad, Bienestar Social y Trabajo y previa deliberación de la Diputación General en su reunión del día 19 de enero de 1988.

DISPONGO:

Artículo 1.-El Artículo 40 del Decreto 87/1987, de 17 de junio de la Diputación General de Aragón queda redactado de la siguiente forma:

"Artículo 40. Las infracciones contempladas en el Artículo anterior serán sancionadas con multas de acuerdo con la siguiente graduación:

a) Infracciones Leves, hasta 500.000 pesetas.

b) Infracciones Graves, desde 501.000 a 2.500.000 pesetas, pudiendo rebasar dicha cantidad hasta alcanzar el quíntuplo del valor de los productos o servicios objeto de la infracción.

c) Infracciones muy Graves, desde 2.501.000 a 100.000.000 pesetas, pudiendo rebasar dicha cantidad hasta alcanzar el quíntuplo de su valor de los productos o servicios objeto de la infracción.

En los supuestos de infracciones muy graves de la Diputación General de Aragón...

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