RESOLUCIÓN de 12 de agosto de 2008, de la Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático, por la que se revoca el condicionado décimo de la Resolución de 9 de abril de 2007, por la que se concedió autorización al sistema integrado de gestión de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos promovido por la Fundación Ecoasimelec, en la Comunidad Autónoma de Aragón.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorDEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 12 de agosto de 2008, de la Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático, por la que se revoca el condicionado décimo de la Resolución de 9 de abril de 2007, por la que se concedió autorización al sistema integrado de gestión de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos promovido por la Fundación Ecoasimelec, en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Visto el informe propuesta para revisar de oficio las garantías impuestas a los Sistemas Integrados de Gestión autorizados en Aragón, en relación con el expediente instruido a instancia de don José Pérez García, en representación de la Fundación Ecoasimelec, con domicilio social en C/ Orense, 62 de Madrid, y con N.I.F. G-84342963, relativo a la solicitud de autorización de un Sistema Integrado de Gestión de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, en la Comunidad Autónoma de Aragón, debemos entrar a considerar los siguientes,

Antecedentes de hecho

Primero. Con fecha 9 de abril de 2007, la Dirección General de Calidad Ambiental autoriza el sistema integrado de gestión de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos promovido por la Fundación Ecoasimelec, como entidad gestora del mismo, para todo el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Segundo. En el condicionado décimo de la Resolución de 9 de abril de 2007 se exigía a la Fundación Ecoasimelec, constituir una garantía de doscientos veinticinco mil euros (225.000 Û), mediante cualquiera de las formas previstas en los artículos 35 y siguientes de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, para responder del cumplimiento de las obligaciones que le corresponden como sistema integrado de gestión de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Tercero. La presentación de la primera memoria anual por parte de este Sistema Integrado de Gestión (en adelante SIG) ha permitido conocer con mucha mayor exactitud la cuota de mercado correspondiente a los aparatos eléctricos y electrónicos puestos en el mercado por la Fundación Ecoasimelec, motivo por el cual se redactó un informe propuesta para revisar de oficio las garantías impuestas a todos los SIG autorizados en Aragón.

Fundamentos de derecho

Primero. El artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común permite a dichas Administraciones...

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