ORDEN de 29 de marzo de 2010, del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, por la que se declara la condición de mineral natural del agua de la captación denominada «Veri III», sita en el término municipal de Bisaurri, provincia de Huesca.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorDEPARTAMENTO DE INDUSTRIA COMERCIO Y TURISMO
Rango de LeyOrden

Resultando que con fecha 24 de abril de 2007 Aguas de San Martín de Veri, S. A. solicita la declaración de agua mineral natural del Sondeo «Veri III» ubicada en el término municipal de Bisaurri, de la provincia de Huesca, aportando estudio geológico e hidrogeológico y cuadro comprensivo de análisis físico-químicos correspondientes a los 12 meses de 2006.

Que el sondeo «Veri III»se encuentra dentro del perímetro de protección del Manantial «Veri», cuyo aprovechamiento fue autorizado a favor de la empresa Aguas de San Martín de Veri, S. A., el 14 de julio de 2000, llevándose a cabo actualmente dicho aprovechamiento a través del sondeo «Veri I».

Que para determinar si las aguas del sondeo eran del mismo o distinto acuífero que las aguas del Manantial «Veri», el día 5 de mayo de 2008 se tomaron muestras de agua de este manantial y de los sondeos «Veri I» y «Veri III», siendo remitidas a la Dirección General de la Salud Pública y al Instituto Geológico y Minero de España (IGME), para sus respectivos análisis.

Que mediante sendos informes de 25 de enero de 2010 y 22 de febrero de 2010 el Instituto Geológico y Minero de España considera que las aguas del Manantial «Veri» y las del Sondeo «Veri III» pertenecen a distintos acuíferos, encontrándose diferencias significativas entre sus composiciones químicas, por lo que se debería proceder a una nueva declaración de agua mineral natural de las aguas del Sondeo «Veri III».

Que el 14 de enero de 2010 se recibe informe del Departamento de Salud y Consumo, favorable a la declaración de agua mineral natural del Sondeo «Veri III».

Que con fecha 18 de febrero de 2010 se publicó en el «Boletín Oficial de Aragón» la solicitud de referencia, cumpliendo así el trámite de publicidad requerido por la normativa de aplicación, no constando alegaciones al respecto.

Vista la propuesta de la Dirección General de Energía y Minas de 26 de marzo de 2010, favorable a la declaración de la condición mineral natural de las citadas aguas.

Visto el informe favorable del Departamento de Salud y Consumo, recibido el 14 de enero de 2010.

Vistos los informes del Instituto Geológico y Minero de España de fechas 25 de enero de 2010 y 22 de febrero de 2010 en los que se pone de manifiesto que tras los análisis efectuados y bajo el punto de vista físico-químico, las aguas cumplen las exigencias establecidas en el apartado B del anexo IV del R.D. 1744/2003, de 19 de diciembre, por el que se modifica el R.D....

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