DECRETO 163/1992, de 17 de septiembre, de la Diputación General de Aragón, por el que se declara de utilidad pública y urgente ejecución la concentración parcelaria de la zona de Longares-Calabazar (Zaragoza).

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorDEPARTAMENTO DE AGRICULTURA,GANADERIA Y MONTES
Rango de LeyDecreto

DECRETO 163/1992, de 17 de septiembre, de la Diputación General de Aragón, por el que se declara de utilidad pública y urgente ejecución la concentración parcelaria de la zona de Longares-Calabazar (Zaragoza).

Los acusados caracteres de gravedad que ofrece la dispersión parcelaria de la zona de Longares-Calabazar (Zaragoza), han sido puestos de manifiesto por los agricultores de la misma, en solicitud de concentración parcelaria dirigida al Departamento de Agricultura, Ganadería y Montes. De los estudios realizados en base a dicha solicitud acerca de las circunstancias y posibilidades técnicas que concurren en este caso, se deduce la conveniencia de llevar a cabo la concentración parcelaria de la citada zona, por razón de utilidad pública.

En consecuencia, vistos el artículo 35.1.8. del Estatuto de Autonomía de Aragón, el Real Decreto 643/1985, de 2 de abril, sobre transferencias del Estado a la Comunidad Autónoma en materia de reforma y desarrollo agrario que fueron asignadas al Departamento de Agricultura, Ganadería y Montes por Decreto 60/1985, de 30 de mayo y de conformidad con la propuesta del Consejero de dicho Departamento formulada con arreglo a los preceptos de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario de 12 de enero de 1973, previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Diputación General de Aragón en su reunión del día 17 de septiembre de 1992, DISPONGO:

Artículo 1º --Se declara de utilidad pública y urgente ejecución la concentración parcelaria de Longares-Calabazar (Zaragoza).

Artículo 2º El perímetro de esta zona es el de las tierras pertenecientes al paraje de Calabazar del término municipal de Longares (Zaragoza), y que linda al Norte con camino de Ayles y cantera de Las Planas; al Sur con barranco Vedado Viejo y camino de Villanueva de Huerva; al Este con yermo y cantera de Las Planas y al Oeste con el ferrocarril Zaragoza-Teruel. Dicho perímetro quedará, en definitiva, modificado con lo previsto en el artículo 172 de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario de 12 de enero de 1973.

Artículo 3º Como medida complementaria para facilitar los procesos de reestructuración de la propiedad y al amparo de lo dispuesto en el artículo 178 de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario, los...

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