DECRETO 154/1998, de 28 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Decreto 39/1995, de 9 de mayo, de la Diputación General de Aragón, por el que se establece el procedimiento de Gestión de las ayudas comunitarias previstas en los Reglamentos (CEE) 866/1990 y 867/1990, relativos a la mejora de las...

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyDecreto

DECRETO 154/1998, de 28 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Decreto 39/1995, de 9 de mayo, de la Diputación General de Aragón, por el que se establece el procedimiento de Gestión de las ayudas comunitarias previstas en los Reglamentos (CEE) 866/1990 y 867/1990, relativos a la mejora de las condiciones de comercialización y transformación de los productos agrarios y selvícolas.

El Decreto 93/1995, de 9 de mayo, de la Diputación General de Aragón, tiene por objeto regular el procedimiento de gestión de las ayudas comunitarias previstas en los Reglamentos (CEE) 866/1990 y 867/1990, relativos a la mejora de las condiciones de comercialización y transformación de los productos agrarios y selvícolas. La Decisión de la Comisión 97/371/CE, de 3 de junio y posteriores Decisiones que han modificado la Decisión de la Comisión 94/838/CE por las que se aprueban dotaciones de fondos comunitarios al Documento único de Programación (DOCUP) en el periodo comprendido entre 1994 y 1999 para las Comunidades Autónomas no afectadas por el Objetivo 1, entre las que se encuentra la Comunidad Autónoma de Aragón, permite acceder a las ayudas del FEOGA-Sección Orientación y del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), para perfeccionar las industrias agroalimentarias existentes y crear otras nuevas de acuerdo con los criterios establecidos en los citados Reglamentos y en la Decisión de la Comisión 94/173/CE, de 22 de marzo. Los cambios realizados en la normativa europea desde la aprobación del Decreto 93/1995, de 9 de mayo, con la aprobación del Reglamento (CE) 951/1997, así como de las Decisiones de la Comisión, exigen realizar las oportunas modificaciones para adaptar el citado Decreto a esta normativa. Asimismo, la cofinanciación de estos Fondos Estructurales, como consecuencia de su incremento que periódicamente viene aprobando la Unión Europea para estos fines, exige la participación conjunta entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y las Comunidades Autónomas. Por otra parte, el Decreto 111/1997, de 10 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Agricultura y Medio Ambiente señala la competencia de este Departamento en el impulso de la industrialización y comercialización agraria. En su virtud, a propuesta del Consejero de Agricultura y Medio Ambiente y previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 28 de julio de 1998, DISPONGO...

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