ORDEN de 11 de mayo de 2007, del Departamento de Salud y Consumo, por la que se regula y desarrolla el Programa de Formación en Competencias Comunes para Médicos Internos Residentes de la Comunidad Autónoma de Aragón.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE SALUD Y CONSUMO
Rango de LeyOrden

ORDEN de 11 de mayo de 2007, del Departamento de Salud y Consumo, por la que se regula y desarrolla el Programa de Formación en Competencias Comunes para Médicos Internos Residentes de la Comunidad Autónoma de Aragón.

La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, establece en su artículo 18.14 que las Administraciones públicas competentes desarrollarán, entre otras, actuaciones de mejora y adecuación de las necesidades de formación del personal al servicio de la organización sanitaria y, en su artículo 104, que toda la estructura asistencial del sistema sanitario debe estar en disposición de ser utilizada para la docencia pregraduada, postgraduada y continuada de los profesionales.

Los Reales Decretos 127/1984, de 11 de enero, y 2708/1982, de 15 de octubre, que regulan la obtención de los títulos de médico y farmacéutico especialista, respectivamente, consagraron la formación de especialistas sanitarios mediante el sistema de residencia.

La Ley 6/2002, de 15 de abril, de Salud de Aragón, en su artículo 62 establece que el Sistema de Salud de Aragón deberá colaborar con la docencia pregraduada, postgraduada y continuada a los colectivos de profesionales de la Comunidad Autónoma. En su artículo 64 crea el Instituto Aragonés de Ciencias de la Salud como entidad de derecho público adscrita al Departamento de Salud y Consumo y dotada de personalidad jurídica y patrimonio propio que, entre sus funciones, incluye todas aquellas relacionadas con la asesoría, la cooperación y el aumento de conocimiento sobre salud.

La Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, en su artículo 21 establece que los programas de formación de las especialidades en ciencias de la salud con sus objetivos docentes, tras ser informados por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud, son aprobados por el Ministerio de Sanidad y Consumo. En la mayoría de estos programas existen, de forma más o menos expresa, contenidos temáticos comunes a todos ellos.

De acuerdo con el Decreto 267/2003, de 21 de octubre, que establece la estructura orgánica del Departamento de Salud y Consumo, es competencia de la Dirección General de Planificación y Aseguramiento el desarrollo de la actividad de ordenación técnica de las profesiones sanitarias, incluyendo la formación sanitaria especializada que corresponde a la Administración de la Comunidad Autónoma.

Por Orden de 24 de mayo de 2005, del Departamento de Salud y Consumo, se creó y reguló la Comisión de Formación Sanitaria Especializada en Ciencias de la Salud de la Comunidad Autónoma de Aragón. En su reunión de constitución, esta Comisión acordó trasladar al Departamento de Salud y Consumo la necesidad de establecer un programa de competencias comunes en la formación de

médicos especialistas.

De acuerdo con todo lo expuesto anteriormente, el Departamento de Salud y Consumo, consciente de la importancia que la...

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