DECRETO 103/1983, de 1 de diciembre, de la Diputación General de Aragón, sobre computabilidad de valores de renta fija en el coeficiente de fondos públicos de las Cajas de Ahorro con sede en Aragón.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE ECONOMIA Y HACIENDA
Rango de LeyDecreto

DECRETO 103/1983, de 1 de diciembre, de la Diputación General de Aragón, sobre computabilidad de valores de renta fija en el coeficiente de fondos públicos de las Cajas de Ahorro con sede en Aragón.

La Comunidad Autónoma de Aragón reguló, a través del Decreto 93/1983, de 25 de octubre, sus competencias en materia de Cajas de Ahorro que se derivan del artículo 39 del Estatuto de Autonomía de Aragón. En el artículo 5.2 del citado Decreto se establece la competencia del Departamento de Economía y Hacienda para "declarar la aptitud de valores de renta fija para ser computables en el coeficiente de fondos públicos de las Cajas de Ahorros", de acuerdo a los contenidos del Real Decreto 2.869/1980, de 30 de diciembre.

Teniendo en cuenta las circunstancias económicas por las que atraviesa la región, resulta fundamental regular cuanto antes las condiciones en base a las cuales pueda utilizarse esta posibilidad, con objeto de utilizar este mecanismo, que permite asignar una parte de los recursos financieros de acuerdo con los objetivos de la política económica de la Comunidad Autónoma para hacer frente a la crisis económica y favorecer el desarrollo económico en el interior de Aragón.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, y previa deliberación de la Diputación General en su reunión de 1 de diciembre de 1983, DISPONGO Artículo primero.-El objeto de este Decreto es establecer los criterios a tener en cuenta y el procedimiento a seguir por parte de las Sociedades Anónimas y demás Entidades públicas y privadas para la declaración de computabilidad de sus emisiones de valores de renta fija en el coeficiente de fondos públicos de las Cajas de Ahorro con sede en la Comunidad Autónoma de Aragón .

Artículo segundo.-Las emisiones de valores de renta fija que se destinen a la realización de inversiones en Aragón podrán ser computadas en el coeficiente de fondos públicos de las Cajas de Ahorro con sede en la Comunidad Autónoma cuando a través de ellas se persigan los siguientes objetivos:

1. Creación de puestos de trabajo.

2. Contribución al logro de un mayor grado de equilibrio territorial en Aragón.

3. Incremento de la productividad y, por tanto, de la competitividad de las empresas a través, fundamentalmente, de la introducción de innovaciones tecnológicas.

4. Desarrollo de los sectores exportadores.

Dentro de cada uno de estos objetivos se dará preferencia a las inversiones que se...

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