DECRETO 59/2004, de 23 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la composición y funcionamiento de la Comisión Interdepartamental de Ciencia y Tecnología.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE CIENCIA, TECNOLOGIA Y UNIVERSIDAD
Rango de LeyDecreto

DECRETO 59/2004, de 23 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la composición y funcionamiento de la Comisión Interdepartamental de Ciencia y Tecnología.

El Estatuto de Autonomía de Aragón, en su artículo 35.1.29, atribuye a nuestra Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de investigación, científica y técnica, en coordinación con la general del Estado.

Mediante Decreto 83/1983, de 4 de agosto, de la Diputación General de Aragón, se creó la Comisión Interdepartamental de Aragón, inicialmente como órgano de coordinación en materia de investigación en el ámbito de la Comunidad Autónoma, posteriormente, como órgano de asesoramiento del Gobierno hasta su desaparición, tras la aprobación del Decreto 248/1995, de 26 de septiembre, de la Diputación General de Aragón, por el que se crea el Consejo Superior de Investigación y Desarrollo.

En el ejercicio de sus competencias, la Comunidad Autónoma de Aragón aprobó la Ley 9/2003, de 12 de marzo, de fomento y coordinación de la investigación, el desarrollo y transferencia de conocimiento de Aragón. En la citada Ley, se crea la Comisión Interdepartamental de Ciencia, órgano donde están representados los Departamentos delGobierno de Aragón, y ante el que éstos presentarán sus necesidades científicas y tecnológicas, traducidas en objetivos.

Asimismo, la Comisión Interdepartamental se encargará de establecer las líneas generales de actuación en materia de investigación y coordinar todos los elementos necesarios para la consecución de los fines fijados en los diferentes Planes autonómicos de investigación.

Dadas las funciones que en materia de investigación que se atribuyen a la Comisión Interdepartamental de Ciencia y Tecnología, resulta necesario aprobar una norma que regule la actuación de dicho órgano y desarrolle su composición, funciones, funcionamiento interno, estructura administrativa y medios técnicos.

Por tanto, la presente disposición se presenta como un instrumento necesario para completar la regulación jurídica de la Comisión Interdepartamental, y se dicta en virtud de la habilitación conferida en la disposición final segunda de la Ley 9/2003, de 12 de marzo, que faculta al Gobierno de Aragón para dictar las disposiciones que sean necesarias para el desarrollo y ejecución de la citada Ley.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Ciencia, Tecnología y Universidad, previa deliberación del Gobierno de Aragón, en...

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