DECRETO 8/2009, de 27 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se crea la Comisión Aragonesa para la Conmemoración del Año Jacobeo 2010.

Fecha de Entrada en Vigor10 de Febrero de 2009
SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE EDUCACION, CULTURAY DEPORTE
Rango de LeyDecreto

DECRETO 8/2009, de 27 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se crea la Comisión Aragonesa para la Conmemoración del Año Jacobeo 2010.

El Camino de Santiago fue la base de un proceso económico y cultural de gran importancia para el Aragón medieval atestiguado por la documentación y jalonado por lugares, edificios y parajes y constituye, por tanto, un referente cultural de nuestra Comunidad Autónoma y un bien muy relevante dentro de nuestro Patrimonio Cultural.

El Camino de Santiago -Camino Francés- fue declarado Conjunto Histórico-Artístico mediante Decreto 2224/1962, de 5 de septiembre, del Ministerio de Educación Nacional («Boletín Oficial del Estado» de 7 de septiembre de 1962). Y en 1987, el Consejo Jacobeo creo una Comisión Técnica para llevar a cabo el estudio y la delimitación del itinerario.

A partir de esta delimitación, la Dirección General de Patrimonio Cultural del Gobierno de Aragón, en Resolución de 26 de abril de 1993, incoó expediente para identificar y delimitar físicamente la ruta y el entorno afectado por el Camino de Santiago en el territorio aragonés.

Asimismo, por su valor como ruta de peregrinación, vía de difusión cultural y lugar de encuentro de culturas, fue declarado Patrimonio de la Humanidad en 1993, reconociendo su valor universal y excepcional.

En el año 2010 se va a conmemorar en Aragón el Año Santo Jacobeo. Ello va a originar numerosas actividades culturales, por lo que a fin de asegurar una adecuada coordinación y programación de las mismas, resulta necesario constituir una Comisión en la que estén presentes las instituciones públicas y privadas que van a participar de forma señalada en dicha conmemoración o que estén relacionadas con los lugares de Aragón por lo que transcurre el Camino de Santiago.

El presente Decreto debe entenderse adoptado en el ejercicio de las competencias que, en materia de patrimonio cultural, atribuye a nuestra Comunidad Autónoma el Estatuto de Autonomía de Aragón en su artículo 71-45ª, de acuerdo con el artículo 149.2 de la Constitución española.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte y previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 27...

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