Decreto por el que se crean determinadas Clases de Especialidad en los Cuerpos y Escalas de Funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón. (Decreto 105/2004, de 27 de abril)

Publicado enBOA
Ámbito TerritorialNormativa de Aragón
RangoDecreto

La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, reformada por la Ley 54/2003, de 12 de diciembre, establece en su Disposición Adicional Tercera que sus mandatos no solamente poseen carácter laboral sino que, en sus aspectos fundamentales, constituye norma básica del régimen estatutario de los funcionarios públicos, incluyendo, consecuentemente, en su ámbito de aplicación tanto a los trabajadores vinculados por una relación laboral en sentido estricto, como al personal con relación decarácter estatutario al servicio de las Administraciones Públicas, regulando las actuaciones exigibles a las mismas en su condición de empresario en el deber genérico de prevención y protección frente a los riesgos profesionales respecto del personal a su servicio, con independencia de la naturaleza laboral, administrativa o estatutaria de la relación.

El Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado mediante R.D. 39/1997, de 17 de enero, procedió a la regulación del imperativo legal de organizar los recursos necesarios para el desarrollo de la actividad preventiva y las modalidades de funcionamiento y control de los servicios de prevención, así como a la determinación de la cualificación, capacidades y aptitudes, funciones y niveles de los trabajadores designados para desarrollar la actividad preventiva, estableciendo a través de los artículos 34 a 37 la clasificación de las funciones y niveles de dicha actividad y la formación necesaria requerida para su desempeño. Constituye igualmente legislación laboral y, al mismo tiempo, en sus aspectos fundamentales, norma básica de régimen estatutario de los funcionarios públicos que, en el ámbito de las Administraciones públicas, por mandato de la Disposición Adicional Cuarta, se realizará en los términos que se regulen en la normativa específica que al efecto se dicte por cada una de ellas, sin perjuicio del pleno respeto a las normas básicas y previa consulta con las Organizaciones Sindicalesmás representativas.

A dicho objeto responde el Decreto 168/2002, de 14 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la organización de los recursos necesarios para el desarrollo de las actividades preventivas, en materia de prevención de riesgos laborales, en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón. En el mismo se establece que la organización de los recursos necesarios para el desarrollo de la actividad preventiva se realizará a través de las modalidades dela designación de trabajadores y la constitución de Servicios de Prevención Propios.

Por su parte el artículo 6 del citado Decreto del Gobierno de Aragón establece que cada Servicio de Prevención contará, para el desarrollo de las funcionesde Nivel Superior, con las cuatro especialidades, disciplinas preventivas correspondientes a: Medicina del Trabajo; Seguridad en el Trabajo; Higiene Industrial y Ergonomía y Psicosociología Aplicada. Igualmente contará con personal específicamente cualificado para el desarrollo de las funciones de Nivel Intermedio.

También procede contemplar la necesidad de personal acreditado para el desarrollo de las funciones de Nivel Superior e Intermedio, citadas anteriormente, en el InstitutoAragonés de Seguridad y Salud Laboral, creado mediante Decreto 336/2001, de 18 de Diciembre, del Gobierno de Aragón, por cuanto su norma de creación incluye entre sus fines llevar a cabo actuaciones muy específicas en materia de Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada y Vigilancia de la Salud. Estas funciones, actualmente, las realizan los Técnicos de los Gabinetes de Seguridad e Higiene del Instituto Aragonés de Seguridad y Salud Laboral adscritos a los mismos.

El Reglamento de los Servicios de Prevención, en su Capítulo VI, establece que el personal que lleve a cabo el desempeño de las funciones de Nivel Intermedio y de Nivel Superior...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR