DECRETO 222/1998, de 23 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se crean determinadas clases de especialidad en los Cuerpos y Escalas de Funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DEPRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES
Rango de LeyDecreto

DECRETO 222/1998, de 23 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se crean determinadas clases de especialidad en los Cuerpos y Escalas de Funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

El artículo 35, Uno. 3, del Estatuto de Autonomía de Aragón, en su redacción dada por la Ley Orgánica 5/1996, de 30 de diciembre, atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de "Régimen estatutario de los funcionarios de la Comunidad Autónoma de Aragón y su Administración Local, sin perjuicio de lo dispuesto en el número 18 del apartado 1 del artículo 149 de la Constitución". La Ley de Ordenación de la, Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, cuyo texto refundido fue aprobado por el Decreto legislativo 1/1991, de 19 de febrero, y modificada por las Leyes 12/1996, de 30 de diciembre, y 11/1997, de 26 de noviembre, prescribe, en su artículo 16.3, que "la creación, modificación o extinción de Cuerpos y Escalas requiere Ley de las Cortes de Aragón", al propio tiempo que el Decreto 85/1996, de 30 de abril, de competencias en materia de personal, atribuye al Gobierno de Aragón la competencia para "crear, modificar o suprimir, mediante Decreto, clases de especialidad integrantes de cada escala y, en su caso, de ramas dentro de una clase de especialidad". En el Decreto 126/1991, de 1 de agosto, se establecen las Clases de Especialidad pertenecientes a las Escalas de cada Cuerpo de Funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, el cual ha sido completado por el Decreto 156/1995, de 22 de junio, por el que se crean y modifican clases de Especialidad y se regulan aspectos relativos a las relaciones de puestos de trabajo, modificado por Decreto 86/1998, de 14 de abril, de extinción de la Especialidad de Diplomados en Biblioteconomía y Documentación. No obstante, teniendo en cuenta, por una parte, que la asunción de nuevas competencias por la Diputación General de Aragón obliga a la adscripción de determinados colectivos de funcionarios que deben desempeñar puestos de trabajo que gestionan competencias transferidas a determinadas Clases de Especialidad actualmente inexistentes en la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y, de otra, la nueva actividad de supervisión de instalaciones industriales y equipamientos prevista para el personal actualmente destinado en las Inspecciones Técnicas de Vehículos, resulta aconsejable la creación de las...

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