DECRETO 285/2003, de 18 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se crea la Comisión de Contratación Centralizada y se regula la contratación centralizada de suministros y servicios.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DEPRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES
Rango de LeyDecreto

DECRETO 285/2003, de 18 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se crea la Comisión de Contratación Centralizada y se regula la contratación centralizada de suministros y servicios.

En la contratación de suministros viene siendo habitual que las Administraciones Públicas apliquen sistemas de contratación centralizada, previa declaración de la necesaria uniformidad de los mismos, con el fin de conseguir, mediante la estandarización de los bienes a adquirir, condiciones económicas más favorables, simplificación en la tramitación administrativa y, como consecuencia de todo ello, reducción del gasto publico.

Con estos objetivos, por Decreto 110/1994, de 17 de mayo, del Gobierno de Aragón, se creó la Comisión de Suministros Centralizados, -modificada en cuanto a composición y funciones por los Decretos 278/1995, de 19 de diciembre, y 6/1997, de 11 de febrero-, y se reguló con carácter general la contratación centralizada de suministros en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

La experiencia adquirida en la gestión de los sistemas de contratación centralizada de suministros desde la vigencia de las citadas disposiciones, unida al incremento de competencias asumidas por la Diputación General de Aragón en los últimos años aconsejan simplificar la gestión de algunos contratos de servicios hasta ahora gestionados directamente por el Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, utilizando así las posibilidades que otorga el vigente Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en cuanto se refiere a la contratación centralizada de servicios mediante concursos de determinación de tipo y acuerdos-marco.

Con este fin, mediante el presente Decreto se pretende regular de forma más adecuada y ágil, los sistemas de homologación y de adquisición centralizada, tanto de suministros como de servicios, al propio tiempo que se mantiene la existencia de un órgano colegiado, mediante la creación de la Comisión de Contratación Centralizada, con el fin de asegurar la debida participación en el proceso de los distintos Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y de sus Organismos Públicos.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales y previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 18 de noviembre de 2003, DISPONGO:

Artículo 1.-Objeto y ámbito de aplicación.

El presente Decreto regula la contratación centralizada de los suministros y servicios cuya uniformidad sea declarada necesaria para su uso común en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y de los Organismos Públicos de ella dependientes.

Artículo 2.-Modalidades de contratación centralizada.

1. Se entiende por adquisición centralizada aquella que se realiza con determinación en el acuerdo de adjudicación de las características, número de prestaciones a realizar o de unidades a suministrar, precios unitarios, precio total del contrato y unidades destinatarias.

2. Se entiende por homologación, el acuerdo por el que, previa licitación pública, se determina una relación de suministros y servicios considerados como tipo para un periodo determinado, que podrán ser prestados o entregados por una o más empresas, también fijadas en el acuerdo de homologación, por un precio unitario máximo.

3. Los suministros y servicios de utilización común por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y sus Organismos Públicos, podrán ser declarados de necesaria uniformidad y por tanto sujetos a contratación centralizada mediante adquisición centralizada u homologación, de acuerdo con lo establecido en este Decreto.

Artículo 3.-Servicios y bienes de uniformidad necesaria para el conjunto de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Tienen la consideración de servicios y bienes de uniformidad necesaria para el conjunto de la Administración de la Comunidad...

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